Comunicación y Espacio Divulgativo

Nota de Prensa

NOTA INFORMATIVA

05/02/2018

En relación con la noticia publicada el 2 de febrero de 2018 en Elconfidencial.com, titulada “El Tribunal de Cuentas expedienta al letrado que ha denunciado a la dirección” y en la que se vierten una serie de afirmaciones y calificaciones referentes a distintas cuestiones relacionadas con un funcionario del Tribunal de Cuentas, sobre las que, sin poder entrar a detallar cuestiones que, por su naturaleza y contenido, no tienen carácter público, manifiesta que:

La información sobre los procedimientos en que se encuentra incurso el referido funcionario, como se ha indicado, no se puede difundir públicamente, pero la exposición de los hechos y las opiniones, que se recogen en la noticia ofrece una apariencia que es absolutamente falsa.

En el curso de un procedimiento de revisión del estado de los asuntos de la competencia de un Departamento, realizado por el Consejero titular del mismo en el ejercicio de sus atribuciones, se advirtieron una serie de hechos relacionados con el trabajo del funcionario que fueron puestos en conocimiento de la Comisión de Gobierno del Tribunal por dicho Consejero.

Tal revisión implica la realización de comprobaciones que son imposibles de realizar en un solo día, como parece sugerir la noticia. Es más, el citado funcionario tuvo conocimiento expreso de la revisión que se estaba realizando días antes de que él mismo interpusiera una denuncia contra los miembros de la Comisión de Gobierno, por lo que es absolutamente rechazable la afirmación de que se trata de una represalia como consecuencia de esa denuncia.

Por lo que se refiere a la tramitación de los procedimientos que se siguen en relación con el mencionado funcionario, debe resaltarse que en ella  no participan, en ningún caso, ni el Presidente del Tribunal ni el Presidente de su Sección de Fiscalización -como se afirma en la noticia- por haberse abstenido voluntariamente y así haberlo aceptado el Pleno de la Institución. Estos son sustituidos por aquellos miembros del Pleno a los que, a estos efectos, les corresponde legalmente.

Otra cuestión a que se refiere la noticia, relativa a la denuncia por responsabilidad contable del mencionado funcionario contra los miembros de la Comisión de Gobierno, hay que señalar que, como señala la noticia, fue archivada, después de su oportuna tramitación, en la que el funcionario tuvo la posibilidad de formular alegaciones y, además, ni tan siquiera interpuso el recurso al que tenía derecho.

En cuanto a las aseveraciones relativas a que el Tribunal de Cuentas había adoptado decisiones para favorecer a un funcionario al servicio de la Institución, aparte de su falsedad -a la que se hará referencia después- y de la atribución de lo que podría constituir un delito, cabe destacar que el mismo llevaba prestando sus servicios en el Tribunal desde el año 1990, habiendo desempeñado diversos puestos del máximo nivel en la Sección de Enjuiciamiento y en la Gerencia del Tribunal, antes de ocupar los dos puestos -no uno, como se dice en la noticia- a que se refieren las sentencias y los autos del Tribunal Supremo.

Como se ha indicado, es falso que se hubiera diseñado un puesto “a medida”, ni ello se afirma por el Tribunal Supremo, sino que la convocatoria pública inicial de uno de los dos puestos citados se hizo erróneamente con una definición del mismo que, en ese momento, no era la vigente. En todo caso, el Tribunal de Cuentas ha dado debido cumplimiento a las resoluciones del Tribunal Supremo, como este último ha reconocido expresamente.

En definitiva, se reitera que la afirmación de la existencia de represalias de la Institución hace este funcionario, es absolutamente falsa.

 

Madrid, 5 de febrero de 2018

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