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Nota de Prensa

INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA FUNDACIÓN ESPAÑOLA PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA (FECYT), EJERCICIOS 2012 Y 2013

19/06/2015

El informe,  realizado por iniciativa del Tribunal de Cuentas, fiscaliza los ejercicios 2012 y 2013

EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA FUNDACIÓN ESPAÑOLA PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA

Madrid, 19 de junio de 2015.- El Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó, en su sesión del 28 de mayo, el “Informe de fiscalización de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), ejercicios 2012 y 2013,” que tenía como objetivos, los siguientes:

-        Comprobar que los estados financieros de la Fundación, para los ejercicios 2012 y 2013, representan adecuadamente, en sus aspectos significativos, la imagen fiel de su situación financiera y patrimonial, así como del resultado económico del ejercicio.

-        Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a la Fundación, en particular las referidas al proceso de fusión por absorción de la fundación GENOMA.

-        Evaluar los sistemas y procedimientos establecidos en la Fundación para efectuar el seguimiento, la gestión y control de las actividades desarrolladas.

-        Analizar, con el alcance que permita la información de que se disponga, si las actividades realizadas por la Fundación se adecuan a su objeto fundacional, así como la fiabilidad y suficiencia de la información elaborada por la entidad, relativa al cumplimiento de los principios de eficacia, eficiencia y economía en su gestión.

Los resultados de la fiscalización han puesto de manifiesto que la gestión de la entidad fiscalizada resultaba adecuada, en líneas generales, y que sus cuentas anuales reflejan fielmente su situación financiera y patrimonial, siendo también correctas las anotaciones contables derivadas de la fusión por absorción de la Fundación GENOMA, si bien con algunas excepciones. Entre éstas destaca que la Fundación no presentó las cuentas anuales de la Entidad absorbida durante el año 2012.

También, en líneas generales, se observa el adecuado cumplimiento de la legalidad por parte del Ente fiscalizado. No obstante, el informe detalla las deficiencias de carácter menor encontradas en el análisis de la contratación, en algún convenio de colaboración y en la actualización de las masas salariales.

Por lo que se refiere a la contratación, se ha detectado que, en cinco de los expedientes examinados, los Pliegos de Cláusulas, al establecer los criterios subjetivos de valoración de las ofertas técnicas, incluían factores personales susceptibles de la aplicación de fórmulas y, por tanto, de valoración bajo criterios objetivos. Esta manera de proceder restó transparencia al proceso de selección del contratista, en la medida en que, con ello, resultó alterado el orden de conocimiento y de valoración de los criterios por el órgano de contratación.

El informe detalla que las retribuciones percibidas por el personal de la Fundación no se incrementaron en el periodo fiscalizado, así como que fue descontada correctamente la paga extraordinaria de diciembre de 2012. Sin embargo, la oportuna autorización de la masa salarial a la que hacía referencia la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, se produjo el 15 de diciembre de 2014, es decir, con posterioridad a la fecha en que debió producirse.

El contrato del Director del Museo Nacional de Ciencia y Tecnología disponía la aplicación, con efectos de 1 de enero de 2013, del nuevo baremo de sus retribuciones, establecido mediante Orden de 12 de abril de 2012, incumpliendo la fecha de entrada en vigor de dicha Orden, si bien se realizó posteriormente un reintegro del exceso de la retribución.

Se han analizado, también, los procedimientos de control interno y de gestión de FECYT. El Informe detalla algunas deficiencias que se derivan, fundamentalmente, de una falta de control suficiente sobre determinados expedientes de ayudas.

En concreto, se ha estudiado la gestión del Programa de Ayudas en el marco del denominado Estatuto del Personal Investigador. Este fue regulado mediante un convenio suscrito el 27 de febrero de 2008 entre la Fundación y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. A pesar de que estaba prevista la creación de una Comisión Paritaria entre Fundación y Ministerio, esta nunca fue constituida y, finalmente, fue suprimida por un nuevo convenio suscrito por ambas partes el 25 de julio de 2013, lo que supuso una disminución del control.

El informe también describe la gestión de la convocatoria de ayudas del Programa de Cultura Científica y de la Innovación, concluyendo que el control ejercido, con carácter general, a través de las relaciones justificativas de gasto remitidas por las entidades beneficiarias, era insuficiente. La Entidad tampoco disponía de ningún procedimiento constatable para comprobar que ejercía adecuadamente sus derechos sobre la propiedad intelectual generada por los beneficiarios de las convocatorias, como consecuencia de las actividades financiadas.

Para terminar con el apartado de las ayudas concedidas por la Fundación, el Informe pone de manifiesto que tampoco disponía de un procedimiento adecuado para la gestión de los reintegros de dichas ayudas, cuando estos procediesen. Dicho procedimiento debería definir los plazos de actuación, los responsables de su impulso y los cauces específicos para obtener los citados reintegros.

El Informe termina efectuando una serie de recomendaciones, que se detallan a continuación:

-        La Fundación debería coordinar adecuadamente, con la Secretaría General de Universidades, los procedimientos de seguimiento y control de las ayudas en el Marco del Estatuto del personal investigador en el extranjero, mediante la creación de una Comisión paritaria entre ambos organismos, con la finalidad de examinar el desarrollo del convenio y el grado de cumplimiento de sus objetivos, así como la propuesta de modificaciones o mejoras en el sistema de gestión del programa.

-        Sería necesario que la Fundación incrementase el control que efectúa sobre las justificaciones económicas presentadas por los beneficiarios de las Convocatorias de Ayudas del Programa de Cultura Científica y de la Innovación, solicitando a sus perceptores, aleatoriamente, la remisión de los justificantes de los gastos y de los pagos incurridos en la realización de las actividades subvencionadas, y, en su caso, contratando expertos que emitan un informe sobre la correcta aplicación de las ayudas por parte del beneficiario de las mismas.

-        La Fundación debería implantar algún procedimiento interno para dejar constancia sobre el adecuado ejercicio de los derechos sobre la propiedad intelectual o industrial que pudieran generarse en las actividades que financia.

-        Sería conveniente que la Fundación adoptase las medidas pertinentes para garantizar una gestión adecuada de los reintegros de ayudas y que elaborase un procedimiento interno que defina la documentación, los criterios, los plazos y los responsables de su impulso.

El contenido íntegro de este Informe, que se ha elevado a las Cortes Generales, se encuentra publicado en la página web del Tribunal.

 

Más información

Marisol Gálvez

Directora de Comunicación

T. 91 592 09 95 / M. 649 275 686

marisol.galvez@tcu.es

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