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Nota de Prensa

El Tribunal de Cuentas recomienda a los ayuntamientos priorizar el procedimiento de concurrencia competitiva al de concesión directa en la asignación de ayudas sociales

27/09/2024

Madrid, 27 de septiembre de 2024

La situación de crisis económica iniciada a partir de la pandemia de COVID-19 ha desembocado en un incremento de las situaciones de especial necesidad en un gran número de ciudadanos que han de recurrir a las ayudas sociales proporcionadas por los ayuntamientos.

El Tribunal de Cuentas ha fiscalizado las ayudas en concepto de acción social concedidas por los ayuntamientos de Albacete, Badajoz, Cartagena, Logroño, Murcia y Santander durante el ejercicio 2021.

El importe total de las ayudas otorgadas por estos seis ayuntamientos de más de 100.000 habitantes fue de 20,4 millones de euros, que se concedieron a más de 13.000 personas en situación de especial vulnerabilidad, así como a 626 organizaciones, instituciones y entidades sin ánimo de lucro.

En el caso de los ayuntamientos de Albacete y Badajoz las ayudas concedidas ascendieron a 1,4 millones de euros respectivamente. Los ayuntamientos de Cartagena y de Santander concedieron cada uno ayudas por importe de 2,5 millones de euros y el de Logroño por valor de 3,4 millones de euros. El ayuntamiento de Murcia concedió en ayudas en concepto de acción social por valor de 9 millones de euros.

El objetivo de estas ayudas era el desarrollo de programas de servicios sociales dirigidos a colectivos en riesgo y/o exclusión social, personas mayores, con discapacidad, inmigrantes, minorías sociales, entre otros, así como a personas físicas en situación de especial vulnerabilidad.

El Informe concluye que los ayuntamientos fiscalizados, a excepción del de Albacete, recurrieron mayoritariamente a la concesión directa de subvenciones y ayudas, en lugar de acudir al procedimiento de concurrencia competitiva, que es el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones y en el que se hacen efectivos, entre otros, los principios publicidad, transparencia y concurrencia.

Por estes motivo el Tribunal de Cuentas recomienda a los ayuntamientos fiscalizados que adopten medidas para que la concurrencia competitiva sea el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones y acudir a la concesión directa en aquellos casos en los que existan motivos para su empleo, dejando constancia en los expedientes de dichos motivos.

El Informe pone de manifiesto irregularidades en los procedimientos de concesión de las ayudas y subvenciones, tales como la insuficiente definición de los criterios de valoración de las solicitudes en las convocatorias, así como la deficiente evaluación de las solicitudes y justificación de las puntuaciones en las actas de las comisiones de valoración.

El Informe también recomienda determinar con exactitud los requisitos previos que han de cumplir los solicitantes, así como los criterios de valoración, e insta a los ayuntamientos a dictar instrucciones para que las comisiones de valoración justifiquen y documenten las valoraciones otorgadas. 

Todos los ayuntamientos fiscalizados contaron en el ejercicio 2021 con un plan estratégico de subvenciones, a excepción del Ayuntamiento de Badajoz. Además, la fiscalización ha detectado que los ayuntamientos no dispusieron de manuales internos que regularan los procedimientos de gestión y comprobación de las subvenciones y que no dejaron constancia documental de las comprobaciones efectuadas, motivo por el cual insta a los ayuntamientos a la elaboración de estos manuales de procedimiento de gestión y justificación de las subvenciones.

Más información en el Resumen y en el Informe.

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