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El Tribunal de Cuentas aprueba el Informe de fiscalización de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA), ejercicios 2016 y 2017

15/01/2021

Fiscalización realizada a iniciativa de la Institución

ELTRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA OFICINA DE RECUPERACIÓN Y GESTIÓN DE ACTIVOS (ORGA), EJERCICIOS 2016 Y 2017

Madrid, 14 de enero de 2020.- Este Informe, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas, ha tenido como objeto el análisis de la gestión integral de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA), ejercicios 2016 y 2017. La fiscalización, realizada a iniciativa del Tribunal de Cuentas, ha tenido entre sus objetivos: evaluar los procedimientos, sistemas y modelos de gestión económico-financiera y de control interno aplicados; comprobar el adecuado reflejo contable de los fondos públicos gestionados por la ORGA conforme a los principios y criterios contables que le son de aplicación, así como del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias a las que está sometida su actuación; y analizar el grado de eficacia, eficiencia y economía en el desarrollo de sus actividades.

Asimismo, en la fiscalización se ha verificado el cumplimiento de la normativa en materia de igualdad efectiva de mujeres y hombres y de transparencia, en todo aquello que pudiera tener relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.

A la vista de los resultados de la fiscalización, el Informe recoge una serie de conclusiones, entre ellas:

  • En relación con el análisis del control interno, la fiscalización observa una serie de deficiencias, tales como: la ausencia de criterios de reparto de costes para los casos de ventas, tasaciones o destrucciones de bienes en diversos procedimientos judiciales; la falta de determinación de la periodicidad con la que se ha de realizar la liquidación al Tesoro de los importes generados por aquellos expedientes con resolución judicial firme; así como, la ausencia de un módulo de contabilidad que permita realizar un seguimiento de los gastos, ingresos y valoraciones generadas en la gestión de los bienes.
  • Respecto del análisis de la memoria de impacto normativo de la ORGA, el Informe recoge una serie de deficiencias como: la no coincidencia entre los objetivos del resumen ejecutivo con los previstos en la memoria; la inexistencia de objetivos mensurables, priorizados, concretos y delimitados temporalmente, así como de indicadores, cuantitativos o cualitativos; la delimitación de un horizonte temporal concreto en relación con los impactos de la norma; la concreción de una previsión realista de gastos e ingresos; o la ausencia de un programa presupuestario propio para su gestión como preveía la memoria.
  • En cuanto al saldo de la Cuenta de Depósitos y Consignaciones (CDC) de la oficina, en la que se recogen los cargos y abonos generados por la gestión y realización de los efectos judiciales encomendados por las autoridades judiciales (principalmente, el dinero decomisado en los procesos judiciales), el Informe indica que ascendía, a 31 de diciembre de 2017, a 18.212.998 euros y, a 30 de junio de 2019, a 30.176.294 euros. Además, el saldo de los intereses devengados a 30 de septiembre de 2019 ascendía a 874.293 euros. Aun cuando la normativa reguladora del funcionamiento de la CDC de la ORGA preveía, en los ejercicios fiscalizados, que los intereses se abonaran por el saldo de cada procedimiento judicial individualmente, la entidad bancaria ha ingresado el importe de los intereses devengados trimestralmente por el saldo medio global de la CDC en un apunte único sin distinción de los importes que corresponderían con cada uno de los saldos de cada procedimiento judicial que conformaban el saldo global de la CDC de la Oficina. Ello ha originado que los intereses no hayan formado parte del remanente de cada procedimiento judicial y, por tanto, no hayan sido objeto de reparto por la Comisión de Adjudicación de Bienes producto del Delito (CABID), ni tampoco de ingreso en el Tesoro, hasta el ejercicio 2020, propiciando una acumulación de los intereses generados, lo que no resulta eficiente en términos de gestión.
  • Por lo que se refiere a los procedimientos aprobados por la CABID para el reparto de los fondos obtenidos de los bienes incautados, el Informe pone de manifiesto, como deficiencias: la ausencia de criterios de valoración y evaluación para la selección de las propuestas a financiar; la falta de delimitación de objetivos cuantificables e indicadores de impacto en los proyectos presentados sobre los que decidir su financiación; la no exigencia de requisitos de sostenibilidad del proyecto que garanticen que los objetivos e impactos positivos derivados del mismo perduren después de la fecha de conclusión de la financiación; así como, la no existencia de un plazo para la presentación de la documentación justificativa, ni de instrucciones para la subsanación de los posibles defectos formales.
  • En relación a los costes de funcionamiento y gestión de la ORGA incurridos en los ejercicios 2016 a 2018, los principales resultados reflejados en el Informe han sido: la ausencia de contabilidad analítica; la existencia de gastos no cuantificados por, al menos, 1.673.759 euros; la no realización de estudios previos que sustentasen la estimación del porcentaje de cobertura de los gastos de funcionamiento en un 5% de los recursos obtenidos; la falta de una regulación clara de lo que debía entenderse por “recursos obtenidos”; así como el no haber comunicado al órgano judicial el importe de los gastos de funcionamiento de la ORGA, salvo los incluidos en los expedientes del Plan Nacional de Drogas.
  • Respecto al sistema de autofinanciación determinado en la normativa reguladora de la ORGA para cubrir los costes incurridos por ella en el ejercicio de todas sus funciones, se ha constatado que la estimación señalada del 5% resulta insuficiente para la sostenibilidad del modelo de autofinanciación previsto.
  • En materia de convenios de colaboración el Informe señala deficiencias e incumplimientos; entre ellos: la ausencia de firma de una adenda para incluir los cambios derivados de las nuevas tarifas aprobadas; haber superado el plazo máximo para la constitución de la comisión de seguimiento desde la firma del convenio; no haberse celebrado las reuniones con la periodicidad prevista; la ausencia de visto bueno del presidente o la aprobación de algunas actas por los miembros de las comisiones de seguimiento; así como la falta de acreditación de la designación del Secretario o la firma como secretario de una persona que no actuó como tal.
  • En relación con la contratación administrativa, los principales resultados reflejados en el Informe han sido: el incumplimiento del plazo previsto en la normativa para la adjudicación de los contratos desde la apertura de las proposiciones; la ausencia de publicación de la formalización de un contrato en el BOE; la falta de acreditación de la solicitud de las ofertas realizadas y recibidas en los contratos menores; y la falta de publicación en la Plataforma de Contratación y en el Portal de Transparencia.
  • Por lo que se refiere a las encomiendas de gestión (actualmente denominadas encargos a medios propios) se ha constatado una insuficiente justificación de la elección y procedencia de la figura de la encomienda de gestión, al no quedar constancia de que dicha elección se sustentase en la realización de estudios de costes o rendimientos entre las distintas alternativas que avalasen la mayor eficiencia y eficacia del método de aprovisionamiento seleccionado frente a otras modalidades de gestión alternativas como la contratación pública, así como ausencia de estudios de costes en los que se estimase que los precios abonados no superaban el coste de las actuaciones desarrolladas, ni los valores de mercado.
  • En relación al análisis de la eficacia, eficiencia y economía, el Informe pone de manifiesto que la ORGA no ha efectuado un uso suficiente de los instrumentos previstos para realizar un adecuado seguimiento y control de la aplicación de los principios de buena gestión. Las principales deficiencias presentadas han sido: la inexistencia de una planificación estratégica plurianual, la ausencia de publicación de las memorias anuales desde 2017, la falta de definición de unos objetivos cuantificables y de unos indicadores cuantitativos y cualitativos, la ausencia de referencias en las memorias presupuestarias del periodo fiscalizado, la presencia de indicadores que no han proporcionado información suficiente y relevante para la toma de decisiones, así como la inexistencia de un Plan Estratégico de Subvenciones en el ejercicio fiscalizado.
  • Respecto al análisis de la igualdad efectiva de hombres y mujeres, se indica en el Informe que los pliegos de contratación analizados han promovido medidas para la igualdad de género y se ha respetado la composición paritaria de la CABID.
  • En materia de transparencia, la ORGA ha cumplido con las obligaciones impuestas en la normativa reguladora, a excepción de algunos aspectos tales como: la ausencia de publicación de las memorias de 2018 y 2019, o de las estadísticas relativas a 2019; la existencia de una única comparecencia en el Congreso de los Diputados del Director general desde la apertura de la Oficina hasta la actualidad; así como la falta de publicación de los proyectos aprobados por la CABID.

El Informe recoge las recomendaciones que el Tribunal de Cuentas formula a la ORGA, entre ellas que: debería concretar en sus manuales de procedimiento aspectos de la gestión como el plazo entre que se dicte resolución judicial firme y la liquidación a realizar al Tesoro. Se considera oportuno que la ORGA desarrolle una aplicación informática para la gestión de expedientes que incluya un módulo de contabilidad analítica e indicadores relevantes para el análisis de la información. El Informe también señala que sería conveniente evitar la acumulación de saldos inoperativos en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones. Se recomienda reforzar el procedimiento de reparto de fondos aplicado por la CABID; asimismo, que la ORGA cuente con su propio programa presupuestario.

El contenido del presente Informe (nº. 1.401) puede ser consultado en la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es).

Más información
Marisol Gálvez
Directora de Comunicación
T. 91 592 09 95 / M. 649 275 686
marisol.galvez@tcu.es

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