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EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL INSTITUTO CERVANTES DEL EJERCICIO 2012
- El Tribunal de Cuentas pone de manifiesto incumplimientos de la Entidad en materia de personal y de contrataciones, así como deficiencias en sus sistemas y procedimientos de control de la gestión
Madrid, 12 de noviembre de 2014.- El Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el ‘Informe de fiscalización del Instituto Cervantes, ejercicio 2012’, fiscalización que ha tenido como objetivos: comprobar que los estados financieros del Instituto representan la imagen fiel de la Entidad; que se cumplía con la normativa aplicable a su actividad económico-financiera; la existencia y funcionamiento efectivo de los sistemas y procedimientos de control interno y de gestión del Instituto; y las cuestiones relacionadas con las previsiones de la Ley de Igualdad. En particular, el informe analiza el cumplimiento del régimen jurídico aplicable a los centros que el Instituto Cervantes tiene en otros países.
En cuanto al análisis de la normativa, en materia de personal, el informe refleja que existen incumplimientos que afectan fundamentalmente a la plantilla de los centros y a las contrataciones de personal directivo, tanto en la sede como en los centros. En este sentido, según concluye el informe del Tribunal de Cuentas, el Instituto no disponía de aprobación de las cuantías efectivas para las retribuciones, fijas y variables, de aquellos puestos directivos de la sede que no estaban sujetos al convenio colectivo.
En su actividad contractual, el Instituto no observó el cumplimiento de determinados aspectos que la normativa recoge en esta materia, como la inclusión en los pliegos de los criterios que habían de servir de base para la adjudicación. Asimismo, en el contrato de arrendamiento de su sede en Atenas no constaba ni la autorización de la sede para la realización de las obras adicionales, ni la modificación presupuestaria necesaria para poder asumir el coste de las obras. Tampoco consta valoración alguna que acreditara el coste de los trabajos, ni certificación de los mismos, ni el acta de recepción de las obras.
En lo referente al cumplimiento de la normativa en materia de igualdad efectiva de mujeres y hombres, el Plan de Igualdad del Instituto, que había suscrito con los representantes sociales en 2010, no fue inscrito por la Entidad en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de ámbito estatal, adscrito a la Dirección General de Empleo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
En el análisis del resto de normativa aplicable a la actividad económico-financiera del Instituto, el informe del Tribunal de Cuentas señala que la Entidad no había cumplido la obligación de aprobar el inventario al cierre de cada ejercicio y remitirlo a la Dirección General de Patrimonio del Estado.
Asimismo, no respetó la obligación de ingresar directamente en el Tesoro Público las cantidades devengadas que, de acuerdo con la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, no debían ser percibidas por determinados miembros de su Consejo de Administración.
Tampoco comunicó al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la percepción de las dietas por asistencia a las reuniones de su Consejo de Administración, ni solicitó al citado Ministerio autorización de la cuantía de las dietas que abonó en 2012.
En relación con el examen de las cuentas anuales del Instituto correspondientes al ejercicio 2012, el Informe emite una opinión favorable con salvedades derivadas, entre otros aspectos, de la carencia de un inventario actualizado de todos los elementos del inmovilizado, la falta de evaluación del deterioro del inmovilizado material e intangible y la aplicación del criterio de caja para el registro de los gastos de determinados centros del exterior.
Por otra parte, los resultados de la fiscalización realizada para verificar la existencia y el funcionamiento efectivo de los sistemas y procedimientos de control interno y de gestión del Instituto Cervantes, ponen de manifiesto que en el ejercicio fiscalizado el sistema no era suficiente para cumplir con los objetivos y funciones del Instituto, debido al importante número de deficiencias de gestión que se detectaron en áreas como la cultural, la docente, la gestión de la tesorería por parte de los centros o los procedimientos para la autorización de los gastos de viaje.
Por último, al analizar otros procedimientos relacionados con la gestión del Instituto en 2012 se ha constatado el frecuente retraso en el suministro de información contable a la sede por parte de los centros en el exterior.
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Marisol Gálvez
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