Comunicación y Espacio Divulgativo
APROBADO EL INFORME DE LAS ACTUACIONES REALIZADAS POR CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A. RELATIVAS AL SERVICIO POSTAL UNIVERSAL
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA SITUACIÓN A 31 DE DICIEMBRE DE 2016 DE LAS ACTUACIONES REALIZADAS POR LA SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A. RELATIVAS AL SERVICIO POSTAL UNIVERSAL
Madrid, 19 de enero de 2018.- El Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el “Informe de fiscalización de la situación a 31 de diciembre de 2016 de las actuaciones realizadas por la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. relativas al Servicio postal universal”, fiscalización realizada a iniciativa del propio Tribunal de Cuentas.
Se trata de una fiscalización de cumplimiento y de procedimientos sobre la actividad desarrollada para la prestación del denominado Servicio postal universal (SPU) y tiene como objetivos específicos: verificar el cumplimiento de la Ley del Servicio Postal Universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal (Ley Postal), principalmente por parte de Correos y, en lo que afecta a la prestación del SPU, por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en su condición de órgano supervisor del sector postal en España, y por el Ministerio de Fomento en cuyos presupuestos se incluyen las transferencias en compensación del coste neto del SPU; y analizar los procedimientos utilizados por Correos para la elaboración de la contabilidad analítica y para el cálculo del coste neto del SPU, así como los trámites para la fijación de las tarifas oficiales anuales, la política comercial con los grandes clientes y las transferencias de fondos recibidas de la Administración General del Estado (AGE). Asimismo, la fiscalización se ha dirigido a verificar el cumplimiento de las recomendaciones señaladas en el anterior “Informe de fiscalización de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., ejercicios 2008 y 2009, en lo relativo a sus inversiones en inmovilizado y a la gestión del Servicio Postal Universal”, que afectan a dicho servicio, así como de la Resolución de 28 de abril de 2014, de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación al citado Informe.
De los trabajos de fiscalización se ha constatado que:
En relación con la verificación del grado de cumplimiento de la Ley Postal -normativa básica para la prestación del SPU-, algunos de sus principales aspectos aún no han sido objeto de desarrollo, a pesar de haber transcurrido más de 6 años desde su entrada en vigor. Entre ellos:
- La elaboración y aprobación, por parte del Gobierno, de un nuevo Plan de Prestación del SPU en el que se establezcan las condiciones de prestación, el procedimiento para la evaluación del coste neto del citado servicio, su forma de financiación y los criterios que han de tenerse en cuenta para determinar la contribución del Estado. Tampoco se ha formalizado el correspondiente contrato regulador entre la AGE y Correos.
- No ha sido objeto de desarrollo y ejecución la previsión contenida en la Ley Postal que establece que el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) elaborará y desarrollará los principios, criterios y sistema de imputación de costes que deba observar la contabilidad analítica de Correos. El sistema de contabilidad de costes aplicado por Correos, durante el periodo fiscalizado, ha sido determinado por la propia entidad.
- La Ley Postal prevé que la CNMC verifique el cálculo del coste neto del SPU y determine la carga financiera injusta -previo informe del Ministerio de Economía y Hacienda-, para determinar las aportaciones que debe realizar la AGE. Ante la falta de formalización del contrato de prestación de servicios y del nuevo Plan de Prestación, la CNMC considera que no puede realizar la revisión de dichos cálculos, encontrándose pendientes de revisión y aprobación los correspondientes al ejercicio 2011 y siguientes, lo que no ha impedido realizar la liquidación de las aportaciones de la AGE por la prestación del SPU.
- La Ley prevé que Correos elabore un contrato tipo de acceso a su red postal, por parte de otros operadores postales, que deberá ser aprobado por la CNMC y publicado en las páginas web de Correos y de la CNMC. Si bien se ha acreditado que Correos ha elaborado en distintos momentos un contrato tipo para los operadores postales, no consta que este sea público. A este respecto, desde la promulgación de la Ley Postal, la CNMC ha resuelto varios procedimientos sancionadores por denuncias contra Correos por prácticas para evitar la competencia. En esta fiscalización se ha comprobado que Correos viene realizando negociaciones individuales con los operadores postales para fijar las condiciones específicas de acceso a la red.
En relación con los procedimientos utilizados por Correos para elaborar la contabilidad analítica y el cálculo del coste del SPU, para la fijación de las tarifas oficiales anuales y de su política comercial con los grandes clientes y relativas a las transferencias de fondos recibidas de la AGE, se ha constatado lo siguiente:
Del análisis de los resultados de la contabilidad analítica elaborada y presentada por Correos se pueden resaltar como principales aspectos los siguientes:
- El 75% de los costes de los servicios prestados en 2016 corresponden a productos universales, el 6% a los servicios electorales y el 19% al resto de productos.
- Los costes de personal representaban el 72% de los costes totales de 2016.
- Los ingresos netos obtenidos, tanto para los productos universales como para los no universales, resultaban inferiores a los que se derivarían de la aplicación de las tarifas, como consecuencia de que una alta proporción de los servicios prestados se facturan de acuerdo con las tarifas pactadas individualmente con determinados clientes mediante contrato. En 2016, el descuento medio obtenido por los clientes de Correos fue del 37%, teniendo en cuenta que los servicios de giro y los servicios electorales no disfrutan de descuento alguno.
- El resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias de Correos del ejercicio 2016 presenta unas pérdidas de 52 millones de euros. Teniendo en cuenta que las actividades no imputables al servicio postal han generado un beneficio de 197 millones (principalmente las subvenciones a cuenta recibidas de la AGE), las pérdidas totales en virtud de la contabilidad analítica suponen 249 millones. De dicho importe, 145 millones se han generado en los productos universales, 7 millones en los servicios electorales, 5 millones en los servicios de giro y 92 millones en los productos no universales.
- Corresponde a la CNMC la revisión de la contabilidad analítica de Correos, habiendo aprobado las resoluciones correspondientes a los ejercicios 2011 a 2013 y emitido el informe provisional sobre el ejercicio 2014. Según los resultados de la CNMC y de las comprobaciones del Tribunal, el modelo de contabilidad analítica de Correos cumple con la Ley Postal y la imputación de costes se realiza de manera razonable y correcta.
Asimismo, corresponde a la CNMC la verificación del cálculo del coste neto y la determinación de la carga financiera injusta (coste neto minorado por los ajustes derivados del incumplimiento de las condiciones de eficiencia que incluya el plan de prestación). Como ya se ha señalado, ante la falta de un nuevo Plan de Prestación del SPU, la CNMC no está realizando la revisión del cálculo del coste neto a partir de 2011, por lo que los cálculos efectuados por Correos deben ser considerados como provisionales.
La CNMC también elabora anualmente un Informe de indicadores de control de calidad sobre la actividad de Correos, cuyos resultados deben ser tenidos en cuenta a la hora de determinar el importe de la carga financiera injusta. En los informes de 2015 y 2016 se pone de manifiesto que Correos no está cumpliendo los objetivos sobre porcentajes de cartas y paquetes que han de ser entregados en los plazos fijados, empeorando en cada ejercicio sus resultados respecto al anterior.
- Desde el ejercicio 2011, si bien de una forma irregular en el tiempo, Correos ha venido recibiendo asignaciones de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) a cuenta de la financiación del SPU. Las asignaciones de los ejercicios 2015 y 2016 ascendieron a 180 millones de euros, en cada ejercicio, y el total asignado en los PGE para el periodo 2011-2016 a 920 millones.
Dado el elevado importe de las compensaciones a cuenta recibidas y el amplio periodo de tiempo trascurrido desde la aprobación de la Ley Postal, se hace especialmente necesario que se establezca un Plan de Prestación del SPU que permita la liquidación de las compensaciones por la carga financiera injusta, tras las correspondientes resoluciones de la CNMC. La regularización de esta situación contribuiría a evitar la eventual apertura de nuevos procedimientos de revisión por parte de la Comisión Europea respecto de las ayudas concedidas a partir de 2011. En la actualidad está pendiente de resolución un procedimiento de revisión por la concesión de ayudas del periodo 2004-2010, que puede derivar en la obligación de devolver parte de los importes recibidos, lo que obligaría a Correos a tener que recurrir al endeudamiento para afrontar dichos pagos.
- Las tarifas de los servicios postales prestados por Correos son aprobadas por su Consejo de Administración, si bien está establecida la obligación de comunicar a la CNMC el establecimiento y la modificación de nuevos precios para los productos que forman parte del SPU, con una antelación de tres meses a la fecha de aplicación. La CNMC realiza sus comprobaciones y comunica a Correos los aspectos en los que considera que se están incumpliendo los principios de asequibilidad, transparencia y no discriminación, para que aquella Entidad pueda manifestar sus alegaciones. En esta fiscalización se ha analizado el último procedimiento seguido por Correos para la fijación de tarifas, correspondientes al ejercicio 2017. Los principales aspectos en los que existen discrepancias entre Correos y la CNMC respecto a las tarifas se derivan de las políticas comerciales con los clientes con contratos, tanto por la necesidad de que exista transparencia en los criterios de descuento, como por la no adecuación a costes de las tarifas en el caso de dichos clientes.
- El 72% de los servicios prestados, en 2015, y el 75% de los de 2016 correspondieron a clientes con contratos a los que se les aplican unas tarifas con descuentos distintas de las oficiales. El descuento medio obtenido por estos clientes fue del 49% en 2015 y del 51% en 2016. En ambos ejercicios estos clientes generaron el 80% del volumen total de actividad para los productos que forman parte del SPU.
Para analizar correctamente el modelo de descuentos de Correos, se debe tomar como punto de partida que la estructura de la Entidad está diseñada para un volumen de actividad superior al existente en la actualidad, lo que trae como consecuencia que los precios mínimos a aplicar a los mejores clientes se fijen de manera que los mismos cubran la totalidad de los costes variables y, al menos, una parte de los costes fijos. Los porcentajes de descuento obtenidos por los clientes se gradúan en función del volumen de envíos remitidos anualmente, del porcentaje de envíos dirigidos a municipios de menos de 5.000 habitantes, de la regularidad de los envíos y del grado de clasificación de los envíos depositados.
En relación al análisis de la aplicación de la política de descuentos a los clientes, en la fiscalización se han observado, entre otras, las siguientes deficiencias: el otorgamiento de descuentos por encima de la tablas de descuentos máximos del modelo; la falta de referencia, en algunos contratos, a determinados parámetros que se deben aplicar para calcular los descuentos; la aplicación de nuevas condiciones de facturación previa a la formalización de la renovación de los contratos; y el otorgamiento de rappels adicionales por volumen de pedido a algunos clientes, a pesar de que el volumen de actividad constituye uno de los principales parámetros del modelo de descuentos.
En relación con el cumplimiento de las recomendaciones señaladas en el anterior informe de fiscalización sobre la gestión del SPU por Correos, así de la Resolución de 28 de abril de 2014 de la Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas
El “Informe de fiscalización de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., ejercicios 2008 y 2009, en lo relativo a sus inversiones en inmovilizado y a la gestión del servicio postal universal”, establecía como recomendación que “sería conveniente que se adaptasen las medidas precisas para que no se demore el cumplimiento de lo previsto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal acerca de la aprobación por el Gobierno de un Plan de Prestación del Servicio Postal Universal que contenga las condiciones de la prestación, los criterios técnicos y el procedimiento para determinar el coste del SPU y su forma de financiación y los criterios a tener en cuenta para determinar la contribución a ella del Estado”.
Al no estar aún aprobado el nuevo Plan de Prestación del SPU, dicha recomendación sigue teniendo plena vigencia en la actualidad.
A la vista de los resultados de la fiscalización, el Informe incluye una serie de recomendaciones, entre ellas: la adopción progresiva de aquellas medidas organizativas tendentes a adaptar y racionalizar la estructura de Correos a la actual situación de caída de la demanda de los servicios postales tradicionales, así como otras medidas deseables para garantizar la viabilidad futura de esta Sociedad, como la diversificación de sus servicios, el mantenimiento y mejora en la calidad de sus productos y, en su política comercial, la reorganización y racionalización de los centros y plantillas. Sería aconsejable, además, que la verificación de la CNMC sobre la contabilidad analítica se realizara con mayor antelación.
El contenido del presente Informe (nº 1.246) puede ser consultado en la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es).
Más información:
Marisol Gálvez
Directora de Comunicación
T. 91 592 09 95 / M. 649 275 686
marisol.galvez@tcu.es
