TRIBUNAL DE CUENTAS
OFICINA DE PRENSA
15/11/19
Fiscalización a iniciativa de las Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas
EL TRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA EL INFORME SOBRE EL GRADO DE CUMPLIMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES DEL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA EN LOS EJERCICIOS 2007 A 2010
Madrid, 14 de noviembre de 2019.- Este Informe, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas, ha analizado el grado de cumplimiento e implementación de las seis recomendaciones realizadas en el “Informe de fiscalización de la actividad desarrollada por la Autoridad Portuaria de Valencia en los ejercicios 2007-2010”, aprobado por el Pleno en junio de 2012. Para ello, la fiscalización ha recogido la situación de las recomendaciones a 31 de diciembre de 2017, si bien se ha retrotraído al periodo comprendido entre 2010-2016 con el objetivo de analizar la evolución de la situación económico-financiera de la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) y de comprobar los términos en los que se han implantado las medidas recomendadas.
En este sentido, hay que señalar que el cumplimiento de todas las recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas no dependía exclusivamente de la APV; dos de las seis, requería, además de la intervención de la Autoridad, de otras unidades administrativas: (el Ayuntamiento de Valencia, el Consorcio Valencia 2007 (CV07) para la recomendación 1ª y el Ministerio de Fomento para la recomendación 2ª).
Tras el análisis, el Informe concluye que de las cuatro recomendaciones cuyo cumplimiento dependía exclusivamente de las actuaciones a realizar por la APV, se han cumplido tres (recomendaciones 3ª, 4ª y 6ª), mientras que la recomendación 5ª se ha considerado no aplicable en el momento de la realización de este seguimiento. En cuanto a las dos recomendaciones cuyo cumplimiento requería de la intervención de otras unidades administrativas, ambas se han considerado cumplidas parcialmente.
En suma, sobre las seis recomendaciones objeto de análisis: el 50% de ellas se ha cumplido; el 33% se cumplieron parcialmente; y el 17% restante, no resultaba aplicable.
El resultado obtenido en el desarrollo de los trabajos de fiscalización es -agrupado de acuerdo con las recomendaciones objeto de seguimiento-, el siguiente:
El Tribunal de Cuentas considera que esta recomendación ha sido cumplida parcialmente, debido a que: pese haberse formalizado tanto la cesión de bienes por parte de la APV al Ayuntamiento de Valencia, como el convenio interadministrativo entre la Autoridad Portuaria de Valencia y el Consorcio Valencia 2007 (CV07), tal como se recomendaba, los ingresos generados por la explotación de Marina Deportiva (hoy Marina de València) no han permitido al Consorcio devolver al ICO el crédito que le concedió para financiar la celebración de la Copa América de Vela.
Ello ha llevado a considerar esta recomendación como cumplida parcialmente, al no apreciarse el cumplimiento de la finalidad de utilidad pública o interés social a la que se supeditaron ambos convenios (la devolución del crédito del ICO).
En la valoración dada por el Tribunal se ha tenido en cuenta la ISSAI-300 dedicada a los Principios fundamentales de la fiscalización operativa que, en su Norma 39, establece: “El seguimiento no se limita a la aplicación de las recomendaciones, sino que se dirige a comprobar si la entidad fiscalizada ha tomado las medidas adecuadas para solventar las deficiencias detectadas y las ha corregido”.
Por otra parte, con el objetivo de restringir el endeudamiento adicional, desde la aprobación de su Plan de Empresa en 2012, la APV ha implementado medidas para racionalizar sus inversiones en infraestructuras con el objetivo de garantizar la viabilidad económico-financiera de sus proyectos de inversión, reduciéndose el montante de las inversiones planificadas y ejecutadas anualmente desde entonces.
En este sentido, cabe destacar que la cifra invertida por la APV entre 2011 y 2017 en activos materiales alcanzaba los 182,8 millones de euros; así como, que las aplicaciones de fondos en infraestructuras se situaban por debajo del importe destinado a reembolsar la financiación bancaria recibida. En total, entre 2011 y 2017 la APV amortizó 199,4 millones de euros de la deuda contraída entre marzo de 1998 y diciembre de 2008 con el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y con el ICO para financiar sus inversiones en infraestructuras. Además de atender los reembolsos ordinarios de la deuda, entre 2015 y 2017 la APV destinó 45 millones para amortizaciones anticipadas de uno de los dos contratos suscritos con el BEI.
Por otra parte, la favorable evolución de sus fondos propios y la paulatina disminución del saldo de la deuda con entidades de crédito se reflejan en la evolución del coeficiente de endeudamiento respecto a la financiación propia de la APV, que ha disminuido del 95% que resultaba para 2010, al 60% que se obtiene para 2017. Lo expuesto ha llevado al Tribunal, como se señalaba anteriormente, a considerar cumplida la recomendación.
En el marco del análisis de esta recomendación, el Tribunal también ha analizado las previsiones de los planes de empresa de la APV para los próximos cinco años. En este sentido, el Informe señala que, a medio plazo, la incorporación al Plan de Inversiones 2017-2022 de la APV de un proyecto de gran envergadura, como es la construcción de la nueva terminal de contenedores que está previsto ubicar en la Ampliación Norte del Puerto de Valencia, obligará a replantearse la política financiera de la APV. Según su Plan de Empresa 2019, este Organismo ejecutará directamente la mayor parte de las obras de la nueva terminal de contenedores, una vez retomado en 2018 un proyecto aprobado en 2006, cuya culminación se ha dilatado en el tiempo por los efectos de la pasada crisis económica. Con una inversión estimada en 466 millones de euros, el proyecto de construcción de la nueva terminal de contenedores se prevé ejecutar a partir de 2019, si bien la mayor parte de la inversión se materializará con posterioridad al ámbito temporal del Plan de Empresa de 2019. Además, a partir de 2023 se ejecutarán las obras correspondientes al Acceso Norte del Puerto de Valencia, la principal actuación en materia de accesibilidad viaria proyectada por la APV, con una inversión de 400 millones de euros, en cuya financiación se espera participe el Ministerio de Fomento con una contribución del 50%.
A partir de 2019, primer ejercicio en el que la variación del capital circulante presentará un saldo negativo, según las proyecciones incluidas en el Plan de Empresa de 2019 de la APV, la reinversión continuada en infraestructuras de sus excedentes anuales, unido a la reducción de la financiación básica prevista para el periodo 2017-2022 como consecuencia, fundamentalmente, de la contracción de la deuda financiera a largo plazo, repercutirá negativamente en la evolución del fondo de maniobra de este Organismo. No obstante, las necesidades de financiación ajena a largo plazo pueden retrasarse a ejercicios posteriores, debido tanto a la reducción de los niveles de inversión, que finalmente se comprometan, como al desfase entre tiempos previstos y reales de ejecución.
El contenido del presente Informe (nº 1.339) puede ser consultado en la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es).
Más información:
Marisol Gálvez
Directora de Comunicación
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