TRIBUNAL DE CUENTAS
OFICINA DE PRENSA
10/03/21
EL TRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS CONTABILIDADES DE LAS ELECCIONES LOCALES DE 26 DE MAYO DE 2019
Madrid, 9 de marzo de 2021. Este informe, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas, se refiere a las contabilidades de los ingresos y gastos electorales presentadas al Tribunal de Cuentas por las formaciones políticas como consecuencia de su participación en las elecciones locales y a las Asambleas de Ceuta y Melilla así como a las elecciones a Cabildos Insulares canarios celebradas el 26 de mayo de 2019. La fiscalización se ha extendido a los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores que cumplieron los requisitos exigidos para recibir subvenciones estatales o que obtuvieron adelantos con cargo a las mismas por haberlas percibido en el proceso electoral anterior de la misma naturaleza.
Los objetivos de esta fiscalización han sido: analizar el cumplimiento de la normativa en materia de ingresos y gastos electorales y la demás de general aplicación, así como examinar la regularidad de las contabilidades electorales presentadas al Tribunal de Cuentas por las formaciones políticas obligadas legalmente a ello.
Entre sus conclusiones, el Informe indica que de las 1.664 formaciones políticas que estaban obligadas a presentar la contabilidad relativa a este proceso electoral, han cumplido con dicha obligación 478, haciéndolo a través de la Sede Electrónica de la Institución, recibiéndose dicha contabilidad y la documentación correspondiente en su Registro Telemático, con arreglo a lo dispuesto en la Instrucción del Tribunal de Cuentas específica para este proceso electoral, aprobada por el Pleno en su sesión de 28 de marzo de 2019; de dichas formaciones, 65 (un 13,60% del total) la han presentado fuera del plazo legalmente establecido. Las 1.186 formaciones que no remitieron la contabilidad electoral son, en su mayoría, de implantación territorial muy reducida, habiendo presentado candidatura sólo en un municipio.
Respecto a las elecciones a Cabildos Insulares canarios, 11 formaciones políticas estaban obligadas a presentar la contabilidad electoral, de las que 8 han cumplido con dicha obligación, habiéndolo efectuado igualmente a través de la Sede Electrónica de la Institución. De ellas todas, excepto una, lo han hecho dentro del plazo establecido.
En cuanto a la regularidad de los ingresos y gastos electorales, el Informe señala que las formaciones políticas han declarado recursos por un total de 45.790.712,15 euros. Atendiendo a su naturaleza, el 1,46% del total procedían de aportaciones privadas; el 39,57% de endeudamiento bancario; el 27,34% de los adelantos de subvenciones electorales; el 31,41% de aportaciones realizadas por los respectivos partidos y el 0,22 de otros ingresos.
Se ha observado que en 6 formaciones políticas las aportaciones privadas declaradas carecían de alguno de los requisitos identificativos exigidos en el artículo 126.1 de la LOREG, y, en una formación, concurrían aportaciones privadas por una cuantía que excedía el límite de 10.000 euros contemplado en el artículo 129 de la LOREG, habiéndose procedido en todos estos casos por el Tribunal de Cuentas a efectuar la correspondiente propuesta de reducción de la subvención electoral.
Los gastos regulares que han sido considerados justificados por el Tribunal de Cuentas, tras efectuarse las correspondientes comprobaciones y ajustes, han ascendido a 49,07 millones de euros, de los que 27,43 millones corresponden a operaciones electorales ordinarias y 21,64 millones al envío directo y personal de propaganda electoral.
Como principales deficiencias respecto del cumplimiento de las restricciones legales en materia de gastos electorales, el Informe recoge: la existencia de gastos por importe de 783.146 euros que no tienen naturaleza electoral conforme al artículo 130 de la LOREG; 44.200 euros se refieren a gastos no permitidos por el artículo 53 de la LOREG; 35.880 euros son gastos realizados fuera del plazo establecido en el citado artículo 130 del referido texto legal; y 103.843 euros responden a gastos con justificación insuficiente. Los mencionados gastos no han sido admitidos como susceptibles de ser financiados con subvenciones electorales. Asimismo, se han identificado gastos electorales de cuyo pago no se tiene constancia, por 56.939 euros.
Ocho formaciones políticas han incurrido en gastos electorales en emisoras de televisión local, que no están autorizados por el artículo 1 de la Ley Orgánica 14/1995, de 22 de diciembre, de publicidad electoral en emisoras de televisión local por ondas terrestres, habiéndose procedido a efectuar la correspondiente propuesta de reducción de la subvención electoral.
Cuarenta y seis formaciones políticas han reunido los requisitos para percibir la subvención específica por el envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral a que se refiere el artículo 193.3 de la LOREG, siendo el número total de envíos de 114.344.565.
El límite máximo de gastos que se regula en el artículo 193.2 de la LOREG ha resultado superado por 35 formaciones, por un importe total excedido de 401.265,94 euros, de las cuales, 32 lo superaron en un porcentaje superior al 1%. El límite de gastos de publicidad exterior ha sido sobrepasado por 13 formaciones, con un total excedido de 26.099,81 euros; y el límite de publicidad en prensa y radio ha sido superado por 10 formaciones, con un total excedido de 20.621,83 euros.
Se reflejan, igualmente, en el Informe otros incumplimientos legales en el proceso electoral tales como la existencia de fondos no ingresados en cuentas electorales, la concurrencia de deudas pendientes de pago con proveedores o acreedores y la realización de pagos una vez superado el límite temporal para disponer de los saldos de las cuentas electorales.
En síntesis, este Tribunal de Cuentas ha formulado propuestas de no adjudicación de las subvenciones electorales respecto de las 1.189 formaciones políticas que no presentaron la contabilidad electoral correspondiente a los procesos locales y de Cabildos insulares canarios. Asimismo ha realizado propuestas de reducción de la subvención en relación con 20 formaciones políticas, por un importe total de 45.223,83 euros, por haber incurrido en las irregularidades y deficiencias que dan lugar a ello conforme a lo dispuesto en la Instrucción del Tribunal de Cuentas aplicable a este proceso electoral.
En todo caso, el control que el Tribunal de Cuentas lleva a cabo en relación con los ingresos y gastos resultantes de los procesos electorales no finaliza con la fiscalización específica de las contabilidades electorales, ya que la actividad económico-financiera derivada de aquellos ha de quedar integrada en las correspondientes cuentas anuales consolidadas de los partidos políticos que han de presentarlas conforme a la normativa.
El Informe formula las siguientes recomendaciones dirigidas, según el caso, al Gobierno, para que pueda, en su caso, impulsar las correspondientes iniciativas legislativas; a las formaciones políticas; a la Junta Electoral Central; y al operador del servicio postal, señalando que sería conveniente que pudieran:
El contenido del presente Informe (nº. 1.422) puede ser consultado en la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es).
Más información:
Marisol Gálvez
Directora de Comunicación
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