29/07/24
En el día de hoy, la consejera del Departamento 2º de la Sección de Enjuiciamiento ha dictado Auto por el que plantea ocho cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea -TJUE-, en relación con una serie de artículos de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña -LOA-, que podrían oponerse a la interpretación que la jurisprudencia del TJUE viene realizando reiteradamente sobre determinados principios y preceptos del Derecho de la Unión Europea.
Los artículos de la LOA cuestionados en la resolución han sido los siguientes: 1.1 (letras a. b. y c.), 1.2, 1.3, 1.4, 2 e), 8.3, 10 y 13.3. En cuanto a los principios y preceptos del Derecho de la Unión Europea cuya interpretación jurisprudencial podría ser incompatible con lo establecido en los citados preceptos de la LOA, son aquéllos que regulan las siguientes materias: “principio de la lucha eficaz y disuasoria contra el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la UE”; “principio de cooperación leal”; “principios de igualdad y de no discriminación”; “principios de seguridad jurídica y confianza legítima”; y “principio del Estado de Derecho y de tutela efectiva en el proceso judicial”.
El Procedimiento de Reintegro por Alcance n.º B-180/21 (Gastos referéndum 1 de octubre de 2017/ Acción Exterior) ha quedado suspendido hasta que el TJUE resuelva definitivamente sobre las cuestiones prejudiciales planteadas por la consejera del Departamento 2º de la Sección de Enjuiciamiento.
Asimismo, en el fallo del Auto se dispone igualmente que, en el presente momento procesal, no ha lugar a tramitar las peticiones de aplicación inmediata de la LOA que formularon determinados demandados el mismo día de la entrada en vigor de la norma (11 de junio de 2024).
El auto íntegro de la consejera del Departamento 2º de la Sección de Enjuiciamiento se puede consultar en www.tcu.es