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El Tribunal de Cuentas aprueba el Informe anual de la Comunidad Autónoma de la Rioja, ejercicio 2017

28/01/2020

EL TRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA EL INFORME ANUAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA, EJERCICIO 2017

Madrid, 27 de enero de 2020.- Este Informe aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas recoge los resultados del control económico-presupuestario de la actividad desarrollada por la Administración General de la Comunidad y sus organismos autónomos, el sector empresarial, así como las fundaciones y consorcios autonómicos durante el citado ejercicio, analizando, especialmente, la ejecución anual de los Presupuestos Generales de la Comunidad, los sistemas de control interno, la estabilidad presupuestaria, el gasto sanitario y educativo no universitario, la actividad subvencional, el endeudamiento financiero, la verificación del cumplimiento de la normativa aplicable en materia de igualdad efectiva entre hombres y mujeres, transparencia y medio ambiente. Igualmente, se ha incorporado el seguimiento de las recomendaciones formuladas tanto por el Tribunal en informes de ejercicios anteriores como por la Comisión Mixta Congreso-Senado para las relaciones con el Tribunal de Cuentas.

Asimismo, como consecuencia de la solicitud realizada por la Comisión Mixta para las relaciones con el tribunal de Cuentas al Tribunal de fiscalización las contrataciones del personal de la Fundación Hospital de Calahorra (FHC) dependiente de la Comunidad Autónoma de La Rioja, durante los ejercicios 2015 a 2017, este Informe recoge un análisis particularizado de los procedimientos de contratación del personal de la Fundación Hospital de Calahorra durante el citado periodo.

De los resultados expuestos en el Informe de fiscalización cabe destacar:

La Cuenta General de la Comunidad Autónoma del ejercicio 2017 se ha rendido al Tribunal de Cuentas dentro del plazo previsto en el art. 123.1 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja, y se ha adaptado a los principios y normas contables contemplados en los planes de contabilidad que les son de aplicación, sin perjuicio de las observaciones y salvedades señaladas en el informe.

En el análisis de los procedimientos de control interno se han detectado debilidades en las áreas de planificación y programación presupuestaria, entre las que destacan la ausencia de formalización de contratos programa entre las Consejerías y sus Entidades dependientes (a excepción de la Consejería de Salud), así como la falta de implantación de sistemas de evaluación de la gestión y políticas públicas. En materia patrimonial, el desarrollo reglamentario de los criterios y directrices para la formación, actualización y valoración del Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad y la creación de una nueva plataforma informática, en fase de implantación, ha permitido en el ejercicio 2017 el cálculo y registro de las dotaciones de amortización de las construcciones, así como facilitar la conciliación del citado inventario con el sistema contable. No obstante, se mantienen carencias y deficiencias motivadas principalmente por la falta de integración en aquella del resto de bienes y derechos de la Comunidad. Por lo que se refiere a la gestión subvencional, el 75 % de las Consejerías no contaban con manuales de procedimiento para la gestión de las líneas de subvención y ninguna Consejería disponía de sistemas que permitieran detectar la posible prescripción del derecho de la Administración a reconocer o liquidar el reintegro de las subvenciones, ni comunicaba periódicamente a la Intervención General de la CAR información de los reintegros iniciados y de su situación.

La liquidación presupuestaria del ejercicio 2017 presentó un grado de ejecución de los gastos del 91 % y un grado de liquidación de los ingresos del 93 %. En la fiscalización se ha detectado la existencia de gastos devengados en el ejercicio corriente y anteriores no registrados, en su mayor parte gastos sanitarios y farmacéuticos del Servicio Riojano de Salud (SERIS), por un importe de 14 millones de euros, cuya imputación al presupuesto de 2018 fue autorizada por el Consejero de Hacienda y el Consejo de Gobierno, al amparo de lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Hacienda Pública de La Rioja.

El remanente de tesorería de la Administración de la Comunidad, a 31 de diciembre de 2017, presentó un saldo negativo de 149 millones de euros que no reflejaba la verdadera situación financiera a corto plazo de la Administración General de la Comunidad, encontrándose sobrevalorado, al menos, en un importe de 21 millones de euros, como consecuencia, principalmente, de la falta de registro de los saldos deudores de dudoso cobro.

Las rúbricas del balance de la Administración General presentaban, a 31 de diciembre de 2017, algunas salvedades e incorrecciones contables, tales como: la falta de determinación y registro de la amortización y depreciación de los activos del inmovilizado, salvo para las construcciones; la existencia de bienes cedidos por la Administración General de la Comunidad a terceros por valor de 33 millones de euros que no habían sido objeto de adecuada contabilización, así como de bienes transferidos por la Administración del Estado a la Comunidad por 43 millones de euros, que tampoco habían sido contabilizados; la infravaloración de la dotación a la provisión por deudores de dudoso cobro en, al menos, 22 millones de euros; la sobrevaloración en 44 millones de euros del saldo de la rúbrica de inmovilizado financiero por participación en sociedades mercantiles, al no haberse dotado las oportunas provisiones por la depreciación del valor registrado de las participaciones en las sociedades Valdezcaray, S.A. y La Rioja Turismo, S.A.U; así como la falta de contabilización de la deuda contraída con la Administración General del Estado como consecuencia de las liquidaciones negativas del sistema de financiación correspondiente a los ejercicios 2008 y 2009, la cual ascendía, al cierre del ejercicio 2017, a 138 millones de euros.

La Comunidad ha cumplido los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda fijados para 2017, pero no ha respetado la regla de gasto establecida para dicho año, habiéndose aprobado, en consecuencia, el Plan Económico Financiero 2018‑2019. El volumen de deuda pública a 31 de diciembre de 2017, ascendía a 1.570 millones de euros, equivalente al 19,2 % del PIB regional.

El periodo medio de pago global a proveedores del sector administrativo se ha situado en 2017 por debajo del plazo máximo de 30 días marcado en la normativa de morosidad.

La carga financiera de la deuda crediticia pública ha respetado en el ejercicio fiscalizado el límite del 25% establecidos en el art. 14.2.b) de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas, al alcanzar a 31 de diciembre de 2017 el 19,8%.

El retraso en las actuaciones de comprobación de la justificación de las ayudas y subvenciones concedidas por la Comunidad desde 2007 para la formación profesional para el empleo, motivado entre otros motivos por las diferencias de interpretación respecto a la determinación del plazo de prescripción, ha dado lugar a la declaración por parte de esta Administración de la prescripción del derecho a liquidar el crédito a su favor y por ende a exigir el reintegro de un total de 9,8 millones de euros.

En la gestión sanitaria, se mantiene la recurrente situación deficitaria de las fundaciones Hospital de Calahorra y Rioja Salud, determinada por el déficit de las dotaciones presupuestarias respecto al gasto realmente incurrido. Asimismo, en la evaluación del III Plan de Salud de La Rioja correspondiente al periodo 2015‑2019 se ha puesto de manifiesto que los indicadores de los objetivos se han dirigido a medir, en muchos casos, actividades o procesos en vez de resultados y han adolecido de carencias en la toma de datos y explotación automática de los mismos, especialmente en la actividad clínica diaria.

Por otra parte, en relación con los procedimientos de contratación de personal de la Fundación Hospital de Calahorra (FHC), cabe señalar que la misma no ha dispuesto en el periodo fiscalizado de una relación de puestos de trabajo en la que se definan las características esenciales de cada puesto, especificando las funciones y responsabilidades inherentes al mismo. Asimismo, el Convenio Colectivo aprobado para el periodo 2008‑2011 no ha sido renovado, presentando rigideces que restan flexibilidad y eficiencia en la gestión de los procesos de selección y contratación de personal.

A su vez, la existencia de dos sistemas de gestión de la asistencia sanitaria en la Comunidad, por un lado la FHC y por otro el SERIS, con diferentes singularidades en materia de personal, ha planteado demandas organizativas para la integración del personal de la FHC en el SERIS que, en cualquier caso, deberían someterse a los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso y en la promoción profesional establecidos en el Estatuto Básico del Empleado Público, respetando, asimismo, lo establecido en la Disposición adicional 34ª de la LPGE para 2017.

En materia educativa, la Administración de la Comunidad no ha contado con un plan director de infraestructuras educativas, ni se han establecido criterios para determinar si las inversiones debían realizarse directamente por la Comunidad o a través de transferencias por las entidades locales en las que residen los centros.

La información en materia de publicidad activa reflejada por la Administración General de la Comunidad en su Portal de Transparencia ha cumplido en términos generales con las premisas establecidas en la Ley de Transparencia y Buen Gobierno de La Rioja. Respecto a las entidades integrantes de su sector público, se han puesto de manifiesto algunas carencias, especialmente en cuanto a la información relativa a los procesos de selección de personal, a la publicación de planes y programas e indicadores de calidad con la medición de los servicios prestados.

Por lo que se refiere a la gestión medioambiental, no se han articulado procedimientos de coordinación e intercambio de información entre los órganos sustantivos y el órgano ambiental, lo que implica que este no disponga de información sobre el seguimiento de las declaraciones de impacto ambiental y de los informes de impacto ambiental que deben llevar a cabo los órganos sustantivos según lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Finalmente, en el seguimiento de las recomendaciones puestas de manifiesto en los informes de fiscalización de ejercicios precedentes, se aprecian avances en materia de planificación presupuestaria y en el contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones. No obstante, se mantienen otras recomendaciones para las que no se han apreciado cambios o los avances han sido más reducidos, por lo que se reiteran en el informe.

El contenido del presente Informe (nº.1.352) puede ser consultado en la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es).

Más información:

Marisol Gálvez
Directora de Comunicación
T. 91 592 09 95 / M. 649 275 686
marisol.galvez@tcu.es

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