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Nota de Prensa

El Tribunal de Cuentas aprueba la Declaración sobre la Cuenta General del Estado del ejercicio 2018

14/05/2020

Madrid, 14 de mayo de 2020.- El Pleno del Tribunal de Cuentas, una vez realizado el examen y comprobación de la Cuenta General del Estado del ejercicio 2018, ha aprobado, el 30 de abril de 2020, la DECLARACIÓN SOBRE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO DEL EJERCICIO 2018, y ha acordado su elevación a las Cortes Generales, acompañada de un ejemplar de la Cuenta General, y el traslado de la Declaración al Gobierno.

En los últimos años el Tribunal ha venido implementando diversas actuaciones que han permitido ir reduciendo paulatinamente el plazo de aprobación de las Declaraciones sobre la Cuenta General del Estado, hasta conseguir que la presente Declaración se haya aprobado en el plazo de seis meses desde la presentación de dicha Cuenta al Tribunal. No obstante, se ha recomendado desde esta Institución que pudieran acometerse las posibles modificaciones normativas que permitan que la aprobación de la Cuenta General se pueda llevar a cabo dentro del ejercicio siguiente al que corresponda la Cuenta objeto de examen y comprobación.

La citada Cuenta General del Estado (CGE) comprende los siguientes estados financieros: balance consolidado, cuenta del resultado económico patrimonial consolidada, estado de cambios en el patrimonio neto consolidado, estado de flujos de efectivo consolidado, estado de liquidación del presupuesto consolidado y memoria consolidada. De acuerdo con la normativa aplicable, la CGE del ejercicio 2018 se ha formado por la Intervención General de la Administración del Estado. El Gobierno, en su reunión de 31 de octubre de 2019, acordó la remisión de la CGE de 2018 al Tribunal de Cuentas, en el que se registró su entrada dentro del plazo legalmente establecido.

El examen y comprobación de la CGE del ejercicio 2018 se ha realizado con arreglo al siguiente objetivo:

Comprobar si la CGE del ejercicio 2018 ha sido elaborada de conformidad con lo previsto en las normas presupuestarias y contables aplicables a la misma, en particular a las normas de consolidación del sector público, presentando fielmente, en todos sus aspectos significativos, la situación económica, financiera y patrimonial, los cambios del patrimonio neto, los flujos de efectivo y los resultados del ejercicio del grupo de entidades que han de integrarse en ella, así como la ejecución y liquidación del presupuesto del grupo, evaluando si la información de la memoria consolidada contribuye a la consecución de estos objetivos.

En el examen y comprobación de la CGE se han aplicado técnicas de auditoría.

El Tribunal ha emitido OPINIÓN SOBRE LA LEGALIDAD Y REPRESENTATIVIDAD DE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO, indicando que:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la LOTCu, el Tribunal de Cuentas ha examinado la Cuenta General del Estado del ejercicio 2018 con arreglo al objetivo y por medio de los procedimientos descritos en el subapartado I.2 de esta Declaración.

En opinión del Tribunal, excepto por los efectos de las salvedades incluidas en el subapartado III.1 “Resultados que afectan a la representatividad de la CGE” (que se desarrollan en el apartado IV de esta Declaración), la Cuenta General del Estado de 2018 presenta fielmente, en todos sus aspectos significativos, la situación económica, financiera y patrimonial, los cambios en el patrimonio neto, los flujos de efectivo, los resultados del ejercicio y la ejecución y liquidación del presupuesto del grupo de entidades que han de integrarse en ella, de conformidad con el marco normativo que resulta de aplicación a dicha Cuenta General y con los principios y criterios contables contenidos en el mismo”.

Sin que afecte a la Opinión del Tribunal, se incluye un “párrafo de énfasis” para señalar que, por segundo año consecutivo, el balance de la Seguridad Social recoge un patrimonio neto negativo, que asciende, a 31 de diciembre de 2018, a 33.260 millones de euros, con origen en las operaciones de gestión ordinaria; acumulando la Seguridad Social un endeudamiento frente al Estado de 41.191 millones a dicha fecha.

Para finalizar la Declaración, además de realizar el seguimiento de las Conclusiones y Recomendaciones del Tribunal y Resoluciones de los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado, el Tribunal de Cuentas PROPONE A LAS CORTES GENERALES que:

1. Insten al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para que

a) Se subsanen las salvedades y deficiencias que se incluyen en esta Declaración, de forma que la Cuenta General del Estado refleje adecuadamente la situación económica, financiera y patrimonial, los cambios del patrimonio neto, los flujos de efectivo, los resultados del ejercicio y la ejecución y liquidación del presupuesto del grupo de entidades que la integran, de acuerdo con la legislación aplicable.

b) Se apliquen las recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas a lo largo de la presente Declaración, especialmente las referidas a la ampliación aún pendiente de la información contenida en las memorias de la CAGE (como la que atañe al cumplimiento de objetivos y a la evaluación de las políticas de gasto) y de la CGE (sobre avales, otras garantías y pasivos contingentes, y grado de ejecución del Presupuesto de Beneficios Fiscales), y se corrijan las deficiencias puestas de manifiesto por el Tribunal de Cuentas en las Declaraciones de ejercicios precedentes que permanecen en esta Declaración, recogidas en el subapartado V.1 anterior.

c) Se pongan en práctica las Resoluciones de los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado que proceden de Declaraciones de ejercicios anteriores y se mantienen sin adoptar, cuyo seguimiento se contiene en el subapartado V.2 de la Declaración (entre ellas, las que se refieren al ajuste de los presupuestos a la realidad y a la utilización exhaustiva de los remanentes de tesorería).

2. Se modifique la normativa presupuestaria, contable y de elaboración de la Cuenta General del Estado con el fin de reducir tanto el plazo legal de rendición por el Gobierno al Tribunal de la Cuenta General del Estado, como el plazo de rendición de las cuentas individuales aprobadas, para que el Tribunal pueda emitir la Declaración en el año siguiente al ejercicio económico al que aquella se refiera y dotar a las Cortes, como vienen reclamando, del correspondiente pronunciamiento en un plazo más breve y no alejado, en exceso, de dicho ejercicio, como ha propuesto el Tribunal en la Moción correspondiente aprobada por el Pleno el 21 de diciembre de 2017 y se viene reiterando en las Declaraciones de la Cuenta General del Estado desde la correspondiente al ejercicio 2016, aprobada por el Pleno con fecha 31 de mayo de 2018.

El contenido de la Declaración puede ser consultado en la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es).

 

Más información:

Marisol Gálvez

Directora de Comunicación

T. 91 592 09 95 / M. 649 275 686

marisol.galvez@tcu.es

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