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El Tribunal de Cuentas aprueba el Informe Anual de fiscalización de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercicio 2016

12/02/2019

Madrid, 12 de febrero de 2019.- Esta fiscalización, aprobada por el Tribunal de Cuentas, ha consistido, básicamente, en verificar si la rendición de las cuentas por todas las entidades que componen el sector público de la Comunidad Autónoma se ha hecho respetando las normas que les son de aplicación respecto a plazo, estructura y contenido y si se han presentado de acuerdo con los principios y normas definidos en los planes de contabilidad. Se han analizado los sistemas de control interno establecidos, especialmente en la Administración General. Además, se han analizado las liquidaciones de presupuestos, las cuentas patrimoniales, diferentes áreas de gestión (avales, endeudamiento, personal, subvenciones, gasto sanitario, área medioambiental y educación no universitaria) y se ha comprobado si se han seguido las previsiones legales para la determinación y cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria.

Asimismo, se ha comprobado la aplicación de los recursos provenientes de las dotaciones de los Fondos de Compensación Interterritorial y el seguimiento de las recomendaciones formuladas tanto en informes de ejercicios anteriores elaborados por el Tribunal como por la Comisión Mixta.

Por último, se ha verificado el cumplimiento de la normativa para la igualdad efectiva de hombres y mujeres y las prescripciones de transparencia en aquello que pudiera tener relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.

De resultado de la actividad fiscalizadora, el Informe recoge una serie de conclusiones, entre ellas, las siguientes:

En relación con la rendición de cuentas

La Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al  ejercicio 2016, fue rendida dentro del plazo legalmente establecido. Se han integrado en la Cuenta General las cuentas anuales de todas las entidades obligadas a ello, a excepción de las correspondientes a un consorcio, una fundación y una asociación,  siendo las cuentas anuales de estas dos últimas entidades rendidas fuera de plazo. Todas ellas presentan la estructura y contenido aplicable de acuerdo con la normativa de aplicación, a excepción de los consorcios autonómicos con presupuesto limitativo que no se han adaptado al Plan General de Contabilidad Pública.

Por otra parte, los presupuestos y cuentas anuales de cuatro entes públicos y tres organismos autónomos se integran en los de la Administración General, distorsionando la representatividad de las cuentas de esta última e impidiendo el análisis particularizado de la contabilidad de dichas entidades dotadas de personalidad jurídica independiente.

En relación con los sistemas de control interno previstos por la Comunidad:

Durante el ejercicio fiscalizado no se habían realizado informes que acreditasen el control financiero permanente sobre dos organismos autónomos. A 31 de julio de 2018 el grado de ejecución del Plan de Auditoría de 2017 se limitaba a un 59,7%, siendo nula la ejecución de las auditorías de cumplimiento sobre las entidades integrantes del sector público.

Con carácter general, no se han realizado los informes de seguimiento de objetivos previstos por el artículo 86 de la Ley General de Hacienda Pública de Extremadura, condicionando tanto la adecuada transparencia en este ámbito, como la posibilidad de evaluar el resultado de los programas presupuestarios plurianuales y anuales en términos de eficiencia y economía.

Se mantienen las principales deficiencias en la gestión de ingresos en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, principalmente, la desconexión de los aplicativos de gestión y contables y el retraso en la tramitación de expedientes. Asimismo, se detecta un deficiente seguimiento de la gestión recaudatoria del patrimonio inmobiliario que incide sobre su inadecuado registro contable.

En 2016 no había sido objeto de conclusión el inventario consolidado de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por lo que no fue objeto de su preceptiva publicación. Tampoco fue evacuado el informe sobre el nivel de ocupación de edificios administrativos previsto por el Decreto 19/2011.

A 31 de diciembre de 2016 no se había procedido a la aprobación de la política de seguridad aplicable a los órganos superiores de la Comunidad, ni había sido objeto de desarrollo reglamentario la Política de Seguridad de la Información, en contra de lo previsto por el Decreto 225/2014, de régimen jurídico de la Administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Del análisis de las cuentas anuales de la Administración General

El Plan General de Contabilidad Pública aplicado por las entidades públicas administrativas es el aprobado por Orden de la Consejería de Economía, Industria y Comercio de 21 de diciembre de 1999, sin que se hayan adoptado medidas dirigidas a procurar su adaptación al Plan marco aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda 1037/2010, que permitan la homogeneización de los criterios y principios contables aplicados.

No se han dictado normas reglamentarias que garanticen la racionalidad y eficiencia de las operaciones presupuestarias y los ajustes realizados durante el periodo de prórroga presupuestaria. Tampoco se han adecuado al régimen previsto por la Ley General de Hacienda Pública de Extremadura las instrucciones a seguir en la tramitación de modificaciones presupuestarias. En cumplimiento de la condicionalidad fiscal asociada a la adhesión al Fondo de Liquidez Autonómico, la Comunidad hubo de aprobar la no disponibilidad de créditos para gastos por importe de 40 millones de euros, de los que no pudo disponer durante todo el ejercicio fiscalizado.

Las obligaciones reconocidas netas imputadas al presupuesto de 2016 están infravaloradas en 1,8 millones de euros, por la variación de acreedores pendientes de aplicar a presupuesto.

El impacto neto de la incorrecta imputación temporal de ingresos contabilizados como pendientes de cobro supuso, en 2016, la infravaloración de derechos por importe de 2,4 millones de euros, a los que deben añadirse otros 2,2 millones no reconocidos por la gestión del patrimonio inmobiliario. Por el contrario, los derechos reconocidos en el ejercicio están sobrevalorados en un total de 3 millones de euros, por la falta de registro de anulaciones por aplazamiento y fraccionamiento, así como de reintegros de subvenciones reconocidos y no cobrados.

Como consecuencia de la aplicación del procedimiento de contraído por recaudado en el registro de los ingresos derivados de la gestión del patrimonio inmobiliario, no figuran contabilizados 39,6 millones de euros entre los deudores presupuestarios a 31 de diciembre de 2017. Por el contrario, permanecen contabilizados deudores de elevada antigüedad por importe de 8,7 millones de euros, que debieron haber sido dados de baja por diversos motivos de anulación o cancelación.

No ha sido objeto de desarrollo la contabilidad patrimonial, prevista por el artículo 27 del Reglamento General de Inventario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que permita identificar individualmente los elementos patrimoniales que conforman el patrimonio de la Comunidad. Las incorrecciones contables en relación con el registro del inmovilizado no financiero y de los deudores presupuestarios afectan a la representatividad de las cifras registradas en el balance.

No se ha acreditado la existencia de un procedimiento que permita evaluar los posibles pasivos contingentes, identificándose potenciales responsabilidades por un importe conjunto de 92 millones de euros que, al menos, requerirían una mención en la memoria.

Del análisis de las cuentas anuales y actividad económico-financiera en 2016 del resto de entidades integrantes del sector público

A 31 de diciembre de 2016 permanecían pendientes de formalizar veintidós compromisos de desinversión en las empresas participadas por la Sociedad de Fomento Industrial de Extremadura, por un importe conjunto de 17 millones de euros, cuyo vencimiento se había producido en ejercicios anteriores al fiscalizado.

No se ha procedido al adecuado registro contable de los inmuebles recibidos en cesión por parte de cinco fundaciones, seis consorcios y una asociación integrantes del sector público autonómico

Se han detectado incidencias en el registro contable de las transferencias recibidas de la Junta de Extremadura por las entidades públicas Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, Gestión de Bienes de Extremadura y Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES.

Respecto a los nueve consorcios públicos de naturaleza administrativa, tan solo presentaron presupuesto limitativo y adaptaron sus cuentas al plan de contabilidad pública cuatro de ellos. 

En relación con la estabilidad presupuestaria y el análisis de la gestión económico-financiera de las entidades fiscalizadas

Esta Comunidad Autónoma incumplió el objetivo de estabilidad presupuestaria para 2016, al alcanzar un déficit del 1,69% del Producto Interior Bruto Regional, por el contrario cumplió los objetivos de regla de gasto (con una variación efectiva del 0,2%) y de deuda, al alcanzar esta un 22,8% del PIB regional, lo que supone un importe de 4.059 millones de euros. El referido incumplimiento motivó la presentación de un Plan Económico Financiero que obtuvo la declaración de idoneidad, si bien las medidas aplicadas resultaron insuficientes, al incurrir la Comunidad en el incumplimiento de los objetivos de déficit y deuda en 2017.

La información económico financiera que acompaña a los Presupuestos carece del suficiente desglose que permita verificar el cumplimiento de la regla de gasto, pese a que las Comunidades Autónomas ya contaban en 2016 con un manual que determinaba el procedimiento para su cálculo.

A 31 de diciembre de 2016 permanecían pendientes de resolver 576 plazas procedentes de las ofertas de los ejercicios 2010 y 2011. Asimismo, a dicha fecha existían 1.276 comisiones de servicios cuya duración excedía el límite temporal previsto por el artículo 122.3 de la Ley de Función Pública de Extremadura. En 2016 un total de 284 trabajadores obtuvieron la condición de indefinidos no fijos, sin la previa resolución judicial, requisito exigido por la Disposición Adicional Novena de la Ley de Presupuestos Generales de Extremadura para 2016. En la mayor parte de incorporaciones realizadas, en 2016, por empresas, fundaciones y consorcios no se acreditan las razones de urgencia y necesidad que las fundamentan.

La reducción interanual, en 78,73 días, del periodo medio de pago de Extremadura, determinado conforme al Real Decreto 635/2014, permitió que con fecha 17 de marzo de 2017 se diese por finalizado el procedimiento de retención que fue aplicado a la Comunidad durante 2016, en virtud de lo previsto por la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Las cuentas anuales de 2016 correspondientes a cuatro fundaciones públicas autonómicas registran ayudas monetarias, sin que se haya acreditado la preceptiva autorización por parte de la Consejería de adscripción, conforme a lo previsto por la Ley General de Subvenciones. En relación con las subvenciones concedidas a federaciones deportivas extremeñas, tanto directas como nominativas, se han apreciado deficiencias en su control interno y respecto al régimen de justificación de las mismas, principalmente en relación con la admisión de determinados gastos.

La adecuada imputación temporal de los acreedores al presupuesto del Servicio Extremeño de Salud hubiera supuesto una reducción de sus obligaciones reconocidas en 2016 en 165 millones de euros, con la consiguiente incidencia sobre su resultado presupuestario.

Pese a haberse aprobado un Plan de Eficiencia Farmacéutica del Servicio Extremeño de Salud, en diciembre de 2015, no se han realizado informes de seguimiento del mismo. Al respecto, el gasto sanitario de la Comunidad creció, en 2016, por encima de la tasa de referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto a largo plazo de la economía española, límite impuesto por el Instrumento de Apoyo a la Sostenibilidad del Gasto farmacéutico y Sanitario al que se había adherido la Comunidad en dicho ejercicio.

Doscientos veintiocho centros docentes públicos no universitarios remitieron fuera de plazo las cuentas del curso 2015/16 a la Consejería de Educación y Empleo. La citada Consejería no ha formulado la cuenta consolidada del ejercicio, ni la de los cursos académicos que afectan al año 2016, cuya formación prevé la Orden de 23 de septiembre de 1999, que desarrolla el RD 2723/1998, de 18 de diciembre, por el que se regula la autonomía en la gestión económica de los centros docentes públicos.

La Consejería de Educación y Empleo no coordina los planes de acción internos que los centros educativos pudieran elaborar, a la vista de los resultados derivados de las pruebas de evaluación de tercero y sexto de primaria.

En cuanto a las recomendaciones, que han objeto de seguimiento, se ha comprobado el cumplimiento en lo referente a la reestructuración del sector público autonómico, en el ámbito de sus fundaciones, la adopción de acuerdos del Consejo de Gobierno para proceder a la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública de Extremadura y la aprobación de directrices para la incorporación del personal y para la contratación del personal temporal en las entidades dependientes.

Permanecen, sin embargo, pendientes de implantación las restantes recomendaciones, en su mayor parte ya incluidas en informes de ejercicios precedentes, como las dirigidas a la modificación de la Ley de Hacienda regional, la dotación de presupuesto y contabilidad para las entidades públicas con personalidad jurídica independiente, el desarrollo de determinados módulos del sistema de información contable, la presentación de una cuenta general consolidada, la concertación de un contrato programa para la prestación del servicio público de televisión y radiodifusión y el desarrollo reglamentario de la ley de educación de Extremadura, del registro de cuentas y de los planes estratégicos de subvenciones.

El contenido del presente Informe (nº 1.306) puede ser consultado en la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es).

Más información:
Marisol Gálvez
Directora de Comunicación
T. 91 592 09 95 / M. 649 275 686
marisol.galvez@tcu.es

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