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APROBADO EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL EN DESEQUILIBRIO FINANCIERO

22/11/2018

EL TRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES DEL SECTOR PÚBLICO LOCAL EN DESEQUILIBRIO FINANCIERO

Madrid, 22 de noviembre de 2018.- El Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el “Informe de fiscalización de las sociedades mercantiles del sector público local en desequilibrio financiero”. Este informe, realizado por iniciativa de la Institución, ha tenido como objetivo principal evaluar la forma en la que se aplicó una de las reformas acometidas por la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL), que modificó, entre otros aspectos, la Disposición Adicional (DA) Novena de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).

Dicha reforma, en relación con las sociedades mercantiles dependientes de las entidades locales territoriales, estableció la exigencia de corregir los desequilibrios financieros existentes a 31 de diciembre de 2013 (fecha de entrada en vigor de la LRSAL) y su adscripción directa a las entidades locales; así como que, en caso de incumplimiento de lo anterior, dichas sociedades fueran disueltas.

Adicionalmente, esta fiscalización ha analizado, a nivel global, la situación financiera de las sociedades mercantiles participadas íntegramente por alguna entidad local a la entrada en vigor de la LRSAL; y la reestructuración del sector público local empresarial, en lo que respecta al número de sociedades mercantiles objeto de fiscalización y a su situación financiera a 31 de diciembre de 2016.

También ha verificado si las empresas fiscalizadas ha observado la normativa en materia de transparencia de la información pública, en todo aquello que, de conformidad con la misma, pudiera tener relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.

De los resultados de la fiscalización, el informe recoge, entre otras, las siguientes conclusiones:

  • En relación a la situación financiera de las sociedades mercantiles en desequilibrio, a 31 diciembre de 2013

    En la citada fecha, existían un total de 1.198 sociedades mercantiles participadas, íntegramente, por alguna entidad local; de ellas, 1.095 correspondían a ayuntamientos, predominando especialmente en los de más de 5.000 habitantes.

    Respecto a los resultados de explotación del ejercicio 2013, de las 1.055 sociedades mercantiles de las que se tenía información, se ha observado que el 54% de ellas tenían ganancias, con un beneficio de explotación agregado de 255 millones de euros, algo inferior a las pérdidas de explotación agregadas del resto, por importe de 269 millones.

    La mayor proporción de empresas con pérdidas de explotación se encontraba en las entidades locales de La Rioja, Aragón, Cantabria y el Principado de Asturias, en las que superaban el 50% del total de sus sociedades dependientes. Por sectores de actividad, los que tenían mayor proporción de empresas en pérdidas eran los de agricultura, ganadería y pesca (50%), transporte urbano de viajeros (48%) y urbanismo (47%).

    Considerando su situación patrimonial, el 31% de las sociedades presentaba algún tipo de desequilibrio, al tener una cifra de patrimonio neto inferior a la del capital social. En concreto, en un 9% el patrimonio neto era superior a las dos terceras partes del capital, lo que impedía la distribución de beneficios, mientras que el 22% restante presentaba importantes desequilibrios, al ser el patrimonio inferior a dicha proporción del capital.
  • En cuanto al cumplimiento de lo previsto en los apartados 2 y 4 de la Disposición Adicional (DA) Novena de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL)

    A finales del ejercicio 2013, fecha de entrada en vigor de la LRSAL, 313 sociedades presentaban indicios de desequilibrio financiero: 72 de ellas por estar clasificadas como Administración pública a efectos del Sistema Europeo de Cuentas (SEC), y presentar necesidad de financiación en 2013; y las otras 241 por presentar resultados de explotación negativos en los dos ejercicios anteriores, 2011 y 2012.

    De las 61 empresas analizadas en la muestra, diecisiete presentaban circunstancias que hacían que no fuera aplicable la DA Novena de la LRBRL, por estar en disolución o concurso o bien por no estar en desequilibrio efectivo. De otras cinco, que se encontraban en situación de desequilibrio, solo dos pasaron a depender directamente de una entidad local, incumpliendo, las tres restantes, la obligación legal de su disolución.

    En el caso de las 39 sociedades mercantiles restantes, nueve de ellas no aplicaron las previsiones de la DA Novena de la LRBRL, por considerar sus respectivas entidades locales que no se encontraban en situación de desequilibrio, si bien los criterios de evaluación empleados diferían de los previstos en el citado precepto.

    En definitiva, el análisis se ha centrado en 30 sociedades mercantiles adscritas directamente a una entidad local y en situación de desequilibrio -según la entidad local-; así como en otras dos que se adscribieron, posteriormente, de una forma directa.

    De estas 32 sociedades, quince habían corregido su situación de desequilibrio financiero en la fecha de evaluación señalada por la norma, nueve habían sido disueltas o cesado en su actividad y las ocho restantes no habían corregido su desequilibrio, ni se habían realizado actuaciones encaminadas a su disolución, incumpliéndose de esta manera el mandato legal.
  • En relación con la reestructuración del sector público local empresarial hasta 31 de diciembre de 2016

    Durante el periodo fiscalizado -2013 a 2016-, la fiscalización ha constatado la disminución en el número de empresas dependientes íntegramente de las entidades locales, concretamente 101. Asimismo, de las 1.097 empresas que estaban censadas a 31 de diciembre de 2016, 41 de ellas se encontraban sin actividad, y otras 63 estaban en proceso de disolución.

    Por sectores de actividad, cabe destacar el elevado porcentaje de empresas extinguidas que se dedicaban a la agricultura, mientras que el menor grado de disolución se produjo en los sectores de recogida y tratamiento de residuos sólidos, de transporte urbano de viajeros y de suministro y saneamiento de agua, considerados esenciales.

    A diferencia de la situación a finales del ejercicio 2013, en el que había una leve mayoría de sociedades con ganancias, en 2016 el número de empresas con beneficios era más del doble de las que presentaban pérdidas, habiendo disminuido las pérdidas de explotación agregadas, al pasar de 269 millones de euros en 2013 a 167 millones en 2016.

    En cuanto a la situación de desequilibrio patrimonial, el informe señala que las sociedades cuyo patrimonio neto era inferior a los dos tercios del capital social se redujeron, a más de la mitad,  entre 2013 y 2016. En concreto, el número de empresas a finales de 2013 era de 234, mientras que en 2016 se cifraba en 109.

    Respecto a la evolución de su situación financiera, una quinta parte de las sociedades que presentaban indicios de encontrarse en desequilibrio en 2013, al cierre del ejercicio 2016 se encontraban extinguidas o en proceso de disolución.
  • En cuanto al cumplimiento de las previsiones legales en relación con la normativa sobre transparencia de la información pública.

    Se observa que el 39% de las entidades locales no informaban públicamente sobre su titularidad de todas o alguna de las sociedades de la muestra en las que participan; no disponiendo de portal de transparencia en el 11% de los casos, pese a ser obligatorio.

    Asimismo, no se publicaba la información económica, presupuestaria y estadística de un total de quince empresas de la muestra, dependientes de doce entidades locales.

    En relación con el derecho de acceso a la información pública, solo el 27% de las entidades de la muestra tenía implantada la vía electrónica para la presentación de solicitudes de información, pese a tratarse del sistema que debe habilitarse por defecto.

A la vista de lo expuesto en el Informe de fiscalización, el Tribunal de Cuentas formula diversas recomendaciones dirigidas a los órganos de gobierno de las entidades locales, al Legislador y a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), según sus respectivas responsabilidades: 

  • Las entidades locales deberían revisar la estructura de su sector público empresarial, de acuerdo con criterios de mejora de la gestión pública, eficiencia, estabilidad, racionalidad y sostenibilidad. Concretamente, deberían establecer un control continuo sobre el equilibrio financiero de sus sociedades mercantiles dependientes, conforme a los principios de legalidad, estabilidad y sostenibilidad presupuestaria. Asimismo, tendrían que adoptar las medidas oportunas para la efectiva liquidación y extinción de las sociedades respecto de las que se haya acordado su disolución.
  • El Legislador debería prever -con la debida garantía de la autonomía local- criterios dirigidos a la revisión y control permanente del equilibrio financiero de las entidades que integran el subsector público local empresarial.
  • La IGAE, como centro gestor y directivo de la contabilidad pública, debería estudiar la mejor forma de integrar, en las cuentas anuales de las entidades del sector público local, la información acerca de los indicadores de contabilidad nacional más relevantes respecto a la situación y resultados económicos de las entidades públicas.

El contenido del presente Informe (nº 1.293) puede ser consultado en la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es).

Más información:

Marisol Gálvez

Directora de Comunicación

T. 91 592 09 95 / M. 649 275 686

marisol.galvez@tcu.es

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