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APROBADA LA DECLARACIÓN SOBRE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2014
EL TRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA LA DECLARACIÓN SOBRE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2014
Madrid, 11 de julio de 2016.- El Pleno del Tribunal de Cuentas, ha aprobado la “Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2014”, con un mes de antelación respecto al plazo empleado para el examen, comprobación y emisión de la Declaración correspondiente al ejercicio anterior.
Por primera vez, la Cuenta General del Estado (CGE), elaborado por la Intervención General de la Administración del Estado y aprobada por el Gobierno, se ha presentado como Cuenta Única Consolidada, dando así cumplimiento tanto a las Declaraciones del Tribunal sobre la Cuenta de ejercicios anteriores, como a los acuerdos aprobados por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre dichas Declaraciones.
La CGE comprende los siguientes estados financieros: Balance Consolidado; Cuenta del Resultado Económico Patrimonial Consolidada; Estado de Cambios en el Patrimonio Neto Consolidado; Estado de Flujos de Efectivo Consolidado; Estado de Liquidación del Presupuesto Consolidado; y Memoria. En el examen y comprobación de la CGE se han aplicado técnicas de auditoría.
Como consecuencia de examinar por primera vez la CGE como Cuenta Única Consolidada, el Tribunal ha modificado sus procedimientos de actuación para adaptarlos a la nueva realidad que esta supone, adoptando una metodología propia de la auditoría de cuentas consolidadas.
En este contexto, se ha incrementado el índice de materialidad o importancia relativa para determinar las operaciones analizadas para reflejar solo aquellas deficiencias que presenten una importancia significativa, teniendo en cuenta la cuantía de las magnitudes reflejadas en la Cuenta General del Estado.
La exposición de los resultados también ha resultado afectada por el formato de Cuenta Única Consolidada, desapareciendo la diferencia que anteriormente existía de las cuentas de los sectores públicos administrativo, empresarial y fundacional.
Asimismo, además de haber adaptado la Declaración a los estándares internacionales, su aprobación por parte del Tribunal de Cuentas, en esta fecha, ha supuesto acortar, de nuevo, el plazo de tramitación del procedimiento, que habitualmente finalizaba en los últimos meses del año. La Cuenta General se someterá, en el correspondiente trámite parlamentario, a la presentación ante la Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas, a la aprobación de los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado.
Por otra parte, la rendición de esta cuenta consolidada supone, frente a la de años anteriores, ampliar su ámbito subjetivo, ya que en ella se integran no solo las cuentas de las entidades pertenecientes al sector público estatal -como hasta la entrada en vigor de la Orden HAP/1724/2015, de 31 de julio, por la que se regula la elaboración de la Cuenta-, sino también las de las entidades controladas directa o indirectamente por la Administración General del Estado (AGE) -entidad dominante del grupo de entidades a efectos de elaboración de la CGE- que no forman parte de dicho sector, las entidades multigrupo y las asociadas.
En cuanto a los objetivos de esta fiscalización, han sido examinar la legalidad y la representatividad de la Cuenta General del Estado rendida, que ha dado lugar a la siguiente opinión:
El Tribunal de Cuentas opina que, excepto por los efectos de determinadas salvedades incluidas en la Declaración, la CGE presenta fielmente, en todos sus aspectos significativos, la situación económica, financiera y patrimonial, los cambios del patrimonio neto, los flujos de efectivo, los resultados del ejercicio y la ejecución y liquidación del presupuesto del grupo de entidades que han de integrarse en ella, de conformidad con el marco normativo que resulta de aplicación a dicha Cuenta General y con los principios y criterios contables contenidos en el mismo.
Integrando la Declaración, también se recoge la síntesis de los resultados más relevantes de la fiscalización realizada sobre la legalidad y la representatividad de la misma, el fundamento de la opinión en las constataciones realizadas en su examen y comprobación ‑con referencia a los estados financieros consolidados que la conforman y al proceso de consolidación‑, el seguimiento efectuado de las conclusiones y recomendaciones del Tribunal y de las Resoluciones adoptadas por los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado en relación con las Declaraciones de ejercicios anteriores y, finalmente, las Propuestas que, como consecuencia de todo ello, traslada el Tribunal de Cuentas a las Cámaras, dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 10 de su Ley Orgánica.
Tras este examen, el Tribunal de Cuentas propone a las Cortes Generales:
- Que inste al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para que:
- Se subsanen las salvedades y deficiencias que se incluyen en esta Declaración, de forma que la Cuenta General del Estado refleje adecuadamente la situación económica, financiera y patrimonial, los cambios del patrimonio neto, los flujos de efectivo, los resultados del ejercicio y la ejecución y liquidación del presupuesto del grupo de entidades que la integran, de acuerdo con la legislación aplicable.
- Se apliquen las recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas en la presente Declaración y se corrijan las deficiencias puestas de manifiesto por el Tribunal de Cuentas en las Declaraciones de ejercicios precedentes que permanecen en la Declaración del ejercicio 2014.
- Se pongan en práctica las Resoluciones de los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado que proceden de Declaraciones de ejercicios anteriores y se mantienen sin adoptar.
- Que se fomenten las medidas legislativas necesarias para la reducción, con carácter general, de los plazos establecidos en la actualidad para todos los trámites referentes a la Cuenta General del Estado, con el fin de que el Tribunal de Cuentas pueda anticiparse en relación con las previsiones establecidas en la actual legislación y se dote a las Cortes Generales del correspondiente pronunciamiento en un plazo más breve y no alejado en exceso, en el tiempo, del ejercicio económico a que la Cuenta General del Estado se refiera.
El contenido íntegro de la Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente al ejercicio 2014 (nº 1154) puede ser consultado en la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es).
Más información
Marisol Gálvez
Directora de Comunicación
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