Comunicación e Espazo Divulgativo
Las fundaciones políticas recibieron 3,6 millones de euros en donaciones entre 2018 y 2019
- El Tribunal de Cuentas aprueba el informe de fiscalización de las aportaciones percibidas por las fundaciones y entidades vinculadas a los partidos políticos, que por vez primera se tramita de forma separada al informe de partidos. Se han fiscalizado 51 fundaciones y entidades de las que no presentaron sus cuentas 6 de ellas en 2018 y 9 en 2019.
- Entre los informes aprobados hoy por el Pleno figuran la contratación de emergencia en el ámbito del Sector Público empresarial no financiero en 2020 y el del impacto de la crisis sanitaria en AENA
- El Tribunal de Cuentas advierte en un cuarto informe, que las Diputaciones Provinciales de Extremadura y Castilla-La Mancha carecen de personal suficiente para las funciones de inspección tributaria.
Madrid, 27 de octubre
El Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el “Informe de fiscalización de las aportaciones percibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos y de los gastos de programas y actividades de estas financiados con cargo a subvenciones públicas, ejercicios 2018 y 2019”.
Esta fiscalización se refiere a las aportaciones recibidas por las fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de dichos partidos políticos, así como a los gastos derivados de programas y actividades financiados con cargo a subvenciones públicas.
El Informe recoge en apartados independientes los resultados de la fiscalización para cada una de las fundaciones y entidades políticas. En el apartado de conclusiones se resumen, de forma conjunta, los aspectos más relevantes de los resultados obtenidos en la verificación de la regularidad contable de las aportaciones que reciben y de los gastos financiados con cargo a subvenciones públicas, así como en el cumplimiento de las disposiciones legales que les resultan de aplicación, como por ejemplo la transparencia de su actividad.
Entre las principales conclusiones el Informe indica que en 2018 únicamente 23 fundaciones y entidades -de un total de 51 fiscalizadas- remitieron en tiempo sus cuentas anuales, 22 lo hicieron fuera del plazo establecido por la ley -que finalizaba el 30 de junio del año siguiente- y 6 de ellas no presentaron las cuentas, por lo que el Tribunal no ha podido fiscalizar su financiación. En 2019, 16 fundaciones y entidades presentaron las cuentas en tiempo, 26 lo hicieron fuera de plazo y 9 no las presentaron.
El Informe pone de manifiesto que 19 fundaciones y entidades políticas de las 51 fiscalizadas permanecían sin actividad en los años 2018 y 2019, habiendo procedido varias de ellas a acordar su disolución y extinción en los ejercicios posteriores. Además, había 6 de ellas que presentaban un patrimonio neto negativo al cierre del ejercicio 2019.
Solo 21 fundaciones entidades vinculadas se habían inscrito en la sección específica del Registro de Partidos Políticos, incumpliendo con ello la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos.
En cuanto a las aportaciones y donaciones privadas, la fiscalización recoge que ascendieron a 2 y 1,6 millones de euros en 2018 y 2019, respectivamente, siguiendo una tendencia decreciente (en 2017 recibieron 2,7 millones de euros). En este punto, el Informe observa una serie de incumplimientos tales como donaciones ingresadas en cuentas bancarias ordinarias al no tener abiertas cuentas específicas al efecto; donaciones procedentes de personas jurídicas sin aportar el acuerdo del órgano social competente; entregas de efectivo resultantes de convenios de colaboración no notificadas al Tribunal de Cuentas; y donaciones de personas jurídicas que no han sido notificadas al Tribunal de Cuentas en el plazo de tres meses desde su aceptación.
El total de subvenciones percibidas por las fundaciones y entidades políticas ascendió a 3,3 y 3,1 millones de euros en 2018 y 2019, respectivamente, habiendo sido fiscalizados los gastos financiados con cargo a una muestra representativa de ellas. En los casos en los que de la revisión se han observado gastos no subvencionables, se pondrá en conocimiento de los ministerios u organismos concedentes de las subvenciones a efectos de solicitar el correspondiente reintegro.
En lo referente a las obligaciones de transparencia, un total de 24 fundaciones y 7 entidades políticas no habían publicado en su página web las cuentas anuales de los ejercicios 2018 y 2019, ni las conclusiones del informe de auditoría, en contra de lo dispuesto en la normativa vigente.
El Pleno del Tribunal formula un total de 7 recomendaciones entre las que figura el establecimiento de un umbral de ingresos mínimo para que las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos deban someterse obligatoriamente a auditoría externa.
También recomienda exigir como requisito para concurrir a las convocatorias de subvenciones públicas dirigidas a fundaciones y entidades políticas, la inscripción obligatoria de aquellas en la sección específica del Registro de Partidos Políticos.
Además, el Tribunal sugiere ajustar las actividades económicas de las fundaciones y entidades y elaborar un plan de saneamiento con objeto de alcanzar el necesario equilibrio patrimonial, en caso de presentar una situación patrimonial negativa.
Para más información se adjunta un resumen en pdf. El informe completo estará disponible para consulta en los próximos días en www.tcu.es
El Pleno aprueba un nuevo informe sobre contratos de emergencia
El Tribunal de Cuentas ha aprobado el “Informe para la fiscalización de los contratos de emergencia celebrados en 2020 para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el ámbito del sector público empresarial no financiero”. Se trata del sexto informe de los siete programados por el TCu sobre contratación de emergencia. Al finalizar todas las fiscalizaciones se ofrecerá una visión global.
En 2020, 33 entidades del sector público empresarial estatal no financiero celebraron 413 contratos tramitados por un importe de 142 millones de euros (IVA excluido). Para esta fiscalización se ha seleccionado una muestra de 119 contratos por valor de 112 millones de euros (IVA excluido) de las 6 entidades más representativas del sector entre las que figuran ADIF, AENA, TRAGSA, PUERTOS DEL ESTADO, RENFE VIAJEROS y CORREOS. Esta muestra representa el 78,9% del importe total contratado y el 28,8% del total de los contratos que se realizaron.
En relación con la justificación de la tramitación de emergencia, todos los expedientes fiscalizados requerían de una ejecución inmediata y se tramitaron por emergencia acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 7/2020 y en el Real Decreto-ley 21/2020. Las empresas justificaron de forma correcta la razón de la emergencia en los correspondientes expedientes.
Respecto a la promoción de la concurrencia de ofertas, a excepción de ADIF y CORREOS, el resto de las entidades analizadas no solicitaron ofertas, acogiéndose a la tramitación de emergencia en la que no resulta exigible.
En este sentido, el Tribunal de Cuentas recomienda que, salvo en los supuestos en que la emergencia fuera tal que la finalidad del contrato pudiera verse comprometida, se soliciten varias ofertas y se negocien los términos del contrato, como buena práctica de gestión contractual.
En relación con la capacidad y solvencia de los adjudicatarios, en la mayoría de los contratos celebrados por ADIF y en todos los celebrados por AENA y RENFE VIAJEROS, las empresas adjudicatarias ya habían trabajado con anterioridad para el Sector Público o para la propia entidad, por lo que se supone conocida su capacidad y solvencia por quienes las contrataron.
Por otra parte, TRAGSA y Correos requirieron acreditación o dejaron constancia en los contratos de la capacidad o solvencia técnica de las empresas contratadas. No obstante, Puertos del Estado no dejó ningún tipo de constancia sobre capacidad o solvencia técnica del adjudicatario de uno de los dos contratos analizados, respecto al que tampoco constan antecedentes de haber contratado previamente con el sector público.
Aunque en la tramitación de emergencia la ley no exija la formación del correspondiente expediente de contratación, el Tribunal de Cuentas recomienda, como buena práctica de gestión, y siempre y cuando la situación de emergencia lo permita, que se deje constancia en el expediente de la capacidad de obrar y de la solvencia técnica y financiera del adjudicatario.
Algunas entidades formalizaron los contratos antes de iniciarse la ejecución y otras cuando ya se había iniciado o ejecutado el contrato, aunque se han identificado 9 contratos de TRAGSA y 1 de Puertos del Estado donde no aparece consignada la firma del adjudicatario.
AENA, TRAGSA, RENFE VIAJEROS y CORREOS no realizaron la notificación al Consejo de ministros en los términos previstos en el artículo 120 de la LCSP, amparándose en el Informe 22/2020 de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado que exime de esta obligación a las entidades mercantiles. Puertos del Estado, que no tiene forma jurídica de sociedad mercantil, solo comunicó uno de los expedientes fiscalizados al Consejo de ministros.
ADIF, AENA, RENFE VIAJEROS y CORREOS, publicaron en la Plataforma de Contratación del Sector Público la adjudicación y/o formalización de los contratos. TRAGSA no publicó en la Plataforma ninguno de los expedientes y PUERTOS DEL ESTADO no publicó la adjudicación de uno de los dos expedientes analizados.
En los contratos celebrados por ADIF, AENA, PUERTOS DEL ESTADO, RENFE VIAJEROS y CORREOS, la ejecución se inició en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la LCSP. En cuanto a TRAGSA, atendiendo a la fecha de la primera factura, se cumpliría al menos en el 48 % de los expedientes.
Por lo que respecta a los precios, en marzo de 2020 CORREOS adquirió el gel hidroalcohólico en formato de 1/2 litro a un precio de 7,88 euros, mientras que ADIF adquirió la misma unidad a un precio de 6 euros. Esta disparidad de precios en la compra de material se observó también en el formato de 5 litros en el que el precio pagado por CORREOS fue un 38% superior al pagado por ADIF.
En el mes de abril de 2020, TRAGSA adquirió las pruebas rápidas a un precio un 71,4% más elevado que el que pagó ADIF en el mes de mayo. El precio medio más bajo de las mascarillas en los meses de marzo y abril fue el pagado por ADIF de 2,37 euros la unidad. En cuanto a los guantes de látex, en el mes de abril el precio más alto fue el pagado por PUERTOS DEL ESTADO, de 0,80 la unidad, frente a los 0,0689 euros la unidad pagada por CORREOS.
Informe sobre el impacto de la crisis sanitaria en la actividad de AENA
El Pleno ha aprobado el “Informe de fiscalización sobre las medidas adoptadas por AENA ante la disminución de la actividad en la red de aeropuertos de la titularidad estatal durante el ejercicio 2020”.
El objetivo de la fiscalización ha sido analizar el impacto que la reducción del tráfico aéreo en 2020, como consecuencia del COVID-19, ha tenido en la actividad desarrollada por AENA tanto en sus resultados generales y aeropuertos, y analizar las medidas adoptadas ante la reducción de sus ingresos.
La crisis sanitaria provocada por el COVID-19 provocó un fuerte descenso de la actividad de AENA respecto a 2019, tanto en el número de operaciones (53,4 %) como en el tráfico de pasajeros (72,4 %); y, aunque en menor medida, también en el de mercancías (26,3 %).
Aunque todos los aeropuertos de la red de AENA experimentaron caídas importantes en el número de pasajeros, destacan Madrid-Barajas (72,2 %), El Prat-Barcelona (75,8 %), Palma de Mallorca (79,4 %) y Málaga (74 %). En cuanto al número de operaciones de tráfico, las mayores caídas afectaron a Madrid-Barajas (61,1 %), El Prat-Barcelona (64,4 %), Alicante-Elche (63,4 %) y Palma de Mallorca (64,6 %). Y, en el tráfico de mercancías, destacan los aeropuertos de Málaga (70 %), Tenerife Sur (63 %) y Lanzarote (59 %).
En cuanto a los resultados de explotación por aeropuertos, los más afectados por la crisis sanitaria fueron los de mayor tráfico de pasajeros, encuadrados en los Grupos I, II y III, con una caída en sus resultados del 87 %, el 85 % y el 124 %.
Los ingresos consolidados del Grupo AENA, tras una evolución positiva y alcanzar los 4.503 millones de euros en el año 2019, se redujeron a la mitad en 2020, hasta los 2.243 millones.
La pérdida de ingresos aeronáuticos y comerciales afectó al flujo de efectivo proveniente de las operaciones de explotación, que descendió un 92 %; AENA estimó en 2.060 millones de euros la necesidad de efectivo para afrontar las obligaciones a lo largo del ejercicio 2020.
La crisis sanitaria no tuvo un impacto relevante en la plantilla de AENA ya que el personal vinculado a los servicios afectados por la disminución de la actividad no era personal propio de AENA, sino que pertenecía a empresas externas.
Para paliar la reducción de sus gastos operativos: AENA elaboró e implantó un “Plan de Contención de Gastos” cuyo principal objetivo fue mantener la actividad imprescindible para proteger su liquidez. La previsión inicial de ahorro de AENA mediante la aplicación de este Plan fue de 205 millones de euros, superada por los 433 millones de ahorro que alcanzó a finales de diciembre de 2020.
En cuanto a los ingresos, AENA aplicó incentivos extraordinarios por importe de 20,3 millones de euros a través de bonificaciones en la tarifa de aterrizaje, concedió aplazamientos de cobro por 58,5 millones de euros y eximió del pago de las tasas de aterrizaje y tránsito aéreo a las aeronaves que transportasen material sanitario durante la duración del primer estado de alarma, por valor de 567.000 euros. También arbitró medidas con los clientes comerciales y con los de los servicios inmobiliarios para adaptar la ejecución de los contratos a la nueva situación.
En relación con su financiación: AENA implantó un “Plan de Fortalecimiento de la liquidez”, de modo que la financiación ajena se convirtió en su principal fuente generadora de flujos de efectivo, por lo que su endeudamiento a finales del ejercicio se situó en 7.504 millones de euros, con un aumento de 1.349 millones respecto de 2019.
En 2020 AENA afrontó gastos por importe de 62,5 millones de euros para hacer frente al COVID-19, (destinados a la recuperación operativa, a la prestación de servicio a Sanidad Exterior para el control sanitario de pasajeros y a garantizar la distancia social). El Real Decreto-ley 21/2020 implantó la obligación de realizar el control sanitario de pasajeros y estableció que AENA debía poner a disposición de Sanidad Exterior los recursos humanos, sanitarios y de apoyo, necesarios para garantizar el control sanitario de la entrada de pasajeros de vuelos internacionales.
El informe fiscaliza de forma transversal objetivos como la sostenibilidad, la transparencia e igualdad. En el caso de la transparencia no se han detectado deficiencias. En el de la sostenibilidad se constata que AENA dispone de un Plan de Acción Climática orientado a impulsar el consumo de combustible de aviación sostenible y la reducción de emisiones, y en el campo de la igualdad el informe detecta que AENA se encuentra lejos de acreditar una igualdad efectiva en todos los segmentos de su plantilla.
Entre las recomendaciones del Tribunal de Cuentas a AENA figura la integración en una única herramienta informática de toda la información con los datos relevantes de cada uno de los recintos aeroportuarios para mejorar la interactividad y que revise el procedimiento de gestión del canal de denuncias.
El TCu advierte que las Diputaciones Provinciales de Extremadura y Castilla-La Mancha carecen de personal suficiente para las funciones de inspección tributaria.
El Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado Informe de fiscalización de la gestión delegada por los ayuntamientos en las diputaciones provinciales de comunidades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2019, realizado a iniciativa del propio Tribunal.
En la fiscalización se ha analizado el ejercicio de las facultades municipales de gestión, inspección y recaudación por parte de las 7 Diputaciones Provinciales de Extremadura y de Castilla-La Mancha, realizadas por delegación de los ayuntamientos de sus respectivos ámbitos territoriales.
El caso de las Diputaciones de Albacete, Badajoz, Cáceres, Cuenca y Toledo la gestión y recaudación se hace a través de sus respectivos organismos autónomos de gestión tributaria, mientras que, en el caso de las Diputaciones de Ciudad Real y Guadalajara, el servicio lo presta directamente la corporación.
El informe señala que en los organismos GESTALBA de Albacete, OAR de Badajoz y OARGT de Cáceres hay puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional que se prestan por personal funcionario carente de dicha habilitación.
Asimismo, los organismos GESTALBA de Albacete, OARGT de Cáceres y OAGTR de Cuenca disponen de personal laboral que desempeña funciones de gestión, inspección o recaudación y que deberían ser realizadas por personal funcionario.
Se considera que, en general, las entidades fiscalizadas, excepto el organismo OAR de Badajoz, carecían de medios personales suficientes para la realización de actuaciones de inspección tributaria función, que no ejercía por delegación la Diputación de Guadalajara.
El informe constata que todas las entidades, excepto el OAR de Badajoz, incluyen en sus liquidaciones y providencias de apremio una fecha límite para la realización del pago en periodo voluntario o en vía ejecutiva, sin tener en cuenta los plazos de la Ley General Tributaria (LGT), según la fecha efectiva de la notificación al sujeto pasivo.
Los mayores niveles de recaudación en voluntaria del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) corresponden a los organismos OARGT de Cáceres (95 %) y OAGTR de Cuenca (94 %), presentando los porcentajes más elevados de deudas que pasan a ser gestionadas en ejecutiva el OAPGT de Toledo (16 %) y la Diputación de Guadalajara (13 %). Los porcentajes más elevados de recaudación en vía ejecutiva corresponden a los organismos GESTALBA de Albacete (65 %) y OAGTR de Cuenca (60 %), muy superiores a los obtenidos por el OAR de Badajoz (37 %) y el OAPGT de Toledo (46 %).
Las entidades fiscalizadas han adoptado, como buenas prácticas, la mayoría de las medidas propuestas en el anterior “Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria en ayuntamientos de municipios con población comprendida entre 5.000 y 100.000 habitantes de las comunidades autónomas sin órgano de control externo propio”.
Se considera que la contraprestación por el ejercicio de las facultades de gestión, inspección y recaudación delegadas debería instrumentarse como una tasa, previo su establecimiento mediante una ordenanza fiscal.
En el Informe se formulan varias recomendaciones. En materia de gestión y recaudación, se insta adoptar medidas para que, en las comunicaciones de las liquidaciones y de las providencias de apremio, se determinen los periodos de pago en función de la fecha efectiva de notificación a los sujetos pasivos, poniendo dicha información a disposición de las entidades colaboradoras.
Más información:
Yolanda López
Directora de Comunicación
91 592 09 95
