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Nota de Prensa

EL TRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA EL INFORME ANUAL DE FISCALIZACIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA. EJERCICIO 2012

19/11/2014
  • Las Cuentas de la Ciudad Autónoma de Melilla de 2012 han sido rendidas en plazo tras varios años de importantes demoras, cumpliendo el límite de estabilidad presupuestaria.
  • En el informe se ponen de manifiesto diversas deficiencias en relación con magnitudes financieras, como el resultado presupuestario o el remanente de tesorería.

Madrid, 19 de noviembre de 2014.- El Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el Informe de fiscalización anual de la Ciudad Autónoma de Melilla, ejercicio 2012. El documento recoge los resultados del control económico-presupuestario de la actividad desarrollada por la Administración General de la Ciudad y los diferentes Organismos y Empresas públicas durante el citado ejercicio, analizando, especialmente, la ejecución anual de los Presupuestos Generales de la Ciudad, la estabilidad presupuestaria, la contratación administrativa y la gestión de los gastos de personal, de los instrumentos de lucha contra la morosidad y del endeudamiento financiero. Asimismo, se ha efectuado un seguimiento sobre el grado de subsanación de las principales deficiencias puestas de manifiesto en anteriores Informes de fiscalización de esta Ciudad.

Con carácter general, las cuentas de las Ciudad y los entes administrativos reflejaban la imagen fiel de su patrimonio y resultados, si bien presentaban una serie de deficiencias que afectaban a la representatividad de determinados estados o magnitudes financieras integrados en las mismas, como por ejemplo, el resultado presupuestario o el remanente de tesorería. Es destacable que la rendición de las cuentas se haya realizado dentro del plazo legalmente previsto, después de varios ejercicios en los que la demora fue considerable.

En 2012 se imputaron al presupuesto de gastos 5,4 millones de euros que se recogían a 31 de diciembre de 2011 en la cuenta ‘Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto’, por gastos devengados que no se habían aplicado al presupuesto de dicho ejercicio, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 176 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales sobre temporalidad de los créditos. Por falta de crédito, se volvieron a contabilizar en la mencionada cuenta las obligaciones pendientes de aplicar a fin del ejercicio fiscalizado (4,1 millones de euros).

La liquidación de recursos percibidos como municipio y como provincia correspondientes al año 2010, efectuada en 2012, fue positiva, alcanzando los 1,4 millones de euros. Por su parte, el remanente de tesorería total, recogido en la Memoria, fue positivo en 30,7 millones de euros, si bien deben realizarse ajustes que reducirían el mismo.

El estado de compromisos de gasto con cargo a presupuestos de ejercicios posteriores, que debe acompañar a las cuentas anuales según dispone la Instrucción de Contabilidad para la Administración Local, no fue elaborado en 2012. Tampoco se suministró la información requerida por dicha Instrucción sobre el Patrimonio público del suelo.

Por lo que se refiere a la estabilidad presupuestaria, la necesidad de financiación calculada por la Intervención fue de 1,6 millones de euros (0,7% de los ingresos no financieros), cumpliéndose el límite establecido para hacerse efectiva la obligación de elaborar el Plan Económico-Financiero (9,7 millones de euros), si bien, a efectos del cálculo anterior no se menciona ni al ente público ni a las tres sociedades mercantiles participadas al 100% por la ciudad, cuyas cifras deberían haberse consolidado con las del resto para ofrecer de manera completa la información sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad.

Durante el ejercicio 2012 se suscribieron cuatro operaciones de endeudamiento a largo plazo, por importe de 8 millones de euros. Para el año 2012, las disposiciones aplicables a las entidades locales en la concertación de operaciones de crédito a largo plazo exigían como requisito el haber liquidado el ejercicio 2011 con ahorro neto positivo, requisito no cumplido por la ciudad.

El periodo medio de pago de obligaciones por parte de la ciudad, referido a los tres primeros trimestres del ejercicio fiscalizado, excedió el plazo previsto en la Ley 15/2010, de 5 de julio. Asimismo, las obligaciones reconocidas por gastos de personal por parte de la Administración General de la Ciudad se redujeron en un 7,8%, debido principalmente a la aplicación del artículo 2 del Real Decreto Ley 20/2012 (supresión paga extra o equivalente).

La justificación de la necesidad de celebración de los contratos administrativos, así como su clasificación resulta con carácter general vaga e imprecisa.

Respecto al seguimiento de las recomendaciones que se pusieron de manifiesto en los informes de fiscalización en ejercicios precedentes, no se observan, en general, actuaciones encaminadas a su cumplimiento definitivo, por lo que se reiteran en el presente informe.

El contenido de este informe se puede consultar en www.tcu.es

Más información
Marisol Gálvez
Directora de Comunicación
T. 91 592 09 95 / M. 649 275 686
marisol.galvez@tcu.es

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