Comunicación e Espazo Divulgativo
Aprobado el informe de fiscalización de las cuentas anuales de los partidos políticos y de las fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de ellos correspondiente al 2017
- El informe sobre la contabilidad de Partidos Políticos establece que las cuentas anuales de 10 de las 25 formaciones políticas auditadas no reflejaron en 2017 de forma fiel su situación financiera y patrimonial.
- El Pleno ha aprobado otros cuatro informes de fiscalización.
Madrid, 24 de febrero
El Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el “Informe de Fiscalización de los estados contables de los partidos políticos y de las aportaciones percibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellos, ejercicio 2017”. La auditoría ha analizado las contabilidades de 25 formaciones políticas y las aportaciones recibidas por 39 fundaciones, 8 asociaciones y 3 sociedades mercantiles.
Se han fiscalizado las cuentas presentadas por los partidos políticos que han percibido en 2017 las subvenciones anuales otorgadas de forma directa por el Estado y por las Comunidades Autónomas para atender sus gastos de funcionamiento y los relacionados con la seguridad de las sedes. Además, se han auditado las formaciones políticas que, sin recibir de forma directa estas subvenciones, se beneficiaron de forma indirecta a través de una federación o coalición en la que estaban integrados.
La financiación pública percibida por los partidos políticos en 2017 ascendió a un total de 170,67 millones de euros. Esta cifra representó el 72% del total de recursos obtenidos por los partidos mientras que la financiación privada fue del 28%. Por este motivo, el Tribunal de Cuentas recomienda a los partidos la conveniencia de equilibrar la balanza entre la financiación pública y privada para evitar una excesiva dependencia de los ingresos públicos y, en consecuencia, posibles situaciones de insolvencia. Estos ingresos públicos varían de forma significativa en función de los resultados electorales.
El Informe de fiscalización considera que las cuentas anuales de 10 de 25 formaciones políticas no reflejan adecuadamente la imagen fiel de la situación financiera y patrimonial. Los auditores han apreciado limitaciones al alcance que han afectado a nueve formaciones políticas, como consecuencia de la falta de integración en las cuentas anuales consolidadas de la contabilidad electoral, de parte de su organización territorial, o de las contabilidades de algunos partidos federados o coaligados, que no han podido fiscalizarse. Además, en 2017, varias formaciones presentaban situaciones de desequilibrio patrimonial que desembocaron en algunos casos en situaciones concursales.
En el año 2017 entró en vigor la obligatoriedad de integrar en las cuentas anuales consolidadas la actividad de las sedes locales de los partidos. En la fiscalización se ha observado que algunas formaciones políticas no habían culminado aún este proceso de incorporación de todas las sedes.
El Informe recoge determinados incumplimientos relativos al artículo 17 de la Ley Orgánica sobre Financiación de Partidos Políticos. En concreto, sobre la falta de identificación de los donantes que realizaron aportaciones y por haber ingresado donaciones que en conjunto podrían exceder el límite máximo en cómputo anual. Estas infracciones podrían ser sancionables en vía administrativa por el Tribunal de Cuentas, encontrándose actualmente los expedientes sancionadores en proceso de tramitación.
También se relacionan en el Informe otros incumplimientos como la falta de apertura de cuentas bancarias específicas para tener un mejor control entre los ingresos por cuotas, aportaciones y donaciones, así como el ingreso directo de las asignaciones concedidas a los grupos políticos en las cuentas bancarias de funcionamiento ordinario de las formaciones políticas.
La tramitación del informe de fiscalización de las cuentas anuales de 2017 se ha visto demorado, en gran medida, por la acumulación de procesos electorales celebrados en el año 2019 que requieren una atención prioritaria. Actualmente están en curso las fiscalizaciones de los ejercicios 2018 y 2019.
Informe sobre retribuciones y designaciones de la alta dirección de empresas estatales
El Tribunal de Cuentas también ha aprobado el “informe de fiscalización del sistema retributivo y de designación o contratación de los órganos de gobierno y dirección de las entidades del sector empresarial estatal no financiero, ejercicio 2018”.
El informe analiza el grado de cumplimiento de la normativa que regula el nombramiento y las retribuciones de los máximos responsables y directivos de las empresas estatales y de sus consejos de administración. Para ello se ha tomado una muestra de 11 entidades de distinta naturaleza jurídica y se ha analizado la composición de los consejos de administración, la asistencia a reuniones y las retribuciones económicas recibidas por ello. Además, se ha fiscalizado los nombramientos y los ceses de presidentes y directivos en dichas empresas, los contratos y su sistema de retribuciones.
El Tribunal de Cuentas recomienda a las entidades auditadas limitar la concentración de delegaciones de voto de los consejos de administración en los presidentes ejecutivos para evitar posibles desequilibrios en la toma de decisiones.
El informe constata que durante el 2018, las compensaciones por asistencia a las reuniones de los consejos de administración ascendieron alrededor de 850.000 euros, una parte de los cuales correspondieron a los devengados por alto cargos e ingresadas en el Tesoro.
Ese mismo año, los máximos responsables de ocho de las once empresas fiscalizadas y un número significativo de directivos fueron sustituidos. Los nombramientos se hicieron conforme a la normativa, pero no se acompañaron de documentación acreditativa de la idoneidad de los candidatos designados para ocupar los puestos de la alta dirección de las entidades. Por ello, el informe recomienda acompañar los nombramientos con dicha documentación acreditativa.
Salvo alguna excepción, las entidades formalizaron adecuadamente los contratos de los directivos y los importes de las retribuciones no superaron los límites establecidos por el Ministerio de Hacienda.
La fiscalización recomienda a las entidades del sector público empresarial ampliar la información en sus páginas web corporativas con el objetivo de identificar los distintos regímenes jurídicos que se aplican a los contratos de alta dirección.
Informe de seguimiento de FOGASA
El Tribunal de Cuentas ha aprobado el “Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en el informe de fiscalización sobre la gestión y control de las prestaciones abonadas por el Fondo de Garantía Salarial, ejercicio 2013”
Se trata de una nueva fiscalización sobre el seguimiento de las 9 recomendaciones que el Tribunal de Cuentas ya recomendó en otro informe de fiscalización realizado en 2013. Además, se ha fiscalizado el grado de cumplimiento de las tres actuaciones instadas por Resolución de 10 de octubre de 2017 por la Comisión Mixta en relación con el mismo informe.
El informe concluye que de las 9 recomendaciones dirigidas en su momento al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) y al entonces Ministerio de Empleo y Seguridad Social (actual Ministerio de Trabajo y Economía Social), 5 han sido cumplidas, 3 han sido cumplidas parcialmente, 1 se halla en curso de cumplimiento y 3 han sido incumplidas.
Entre las recomendaciones cumplidas, están la realización de estudios y actuaciones sobre la viabilidad financiera del organismo y paliar la insuficiencia estructural de sus recursos humanos -con la salvedad de las plantillas de Letrados y Letradas del organismo-. Además también se ha cumplido la recomendación de la obligación para el trabajador de hacer constar en el modelo de solicitud de prestaciones de garantía salarial si ha percibido o no prestaciones de incapacidad temporal para los mismos meses en que solicita el pago de salarios, garantizar el cobro de las indemnizaciones de los trabajadores acogidos al FOGASA en tiempos razonables, y adoptar medidas para evitar que se repitan los grandes atrasos del pasado en la resolución y cobro de las prestaciones.
Entre otras recomendaciones, el informe considera en curso de cumplimento la relativa a la creación de una Unidad de Coordinación de las actuaciones de los Letrados de las Unidades Administrativas Periféricas del FOGASA.
Respecto a las recomendaciones incumplidas, el Tribunal de Cuentas considera necesaria la modificación del Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo, que regula la organización del FOGASA y su funcionamiento al haber quedado desfasado para las actuales necesidades de gestión del organismo.
Los auditores recomiendan el establecimiento de un procedimiento que permita al FOGASA verificar que dispone de la información sobre la totalidad de empresas declaradas en concurso de acreedores en cada ejercicio y además recomienda el incremento de la plantilla de letrados y letradas del Organismo, que no ha sufrido apenas variación alguna en los últimos años y que genera diferentes perjuicios.
El Informe pone igualmente de manifiesto que, como consecuencia de la crisis derivada del COVID-19 y ante el escenario próximo de finalización de las sucesivas prórrogas de los ERTES así como de la suspensión del deber de solicitar concurso de acreedores para aquellos deudores que se encuentren en estado de insolvencia, resulta necesario abordar una adecuada planificación de mecanismos de respuesta mediante la introducción de medidas que refuercen la plantilla del FOGASA con carácter permanente.
Informes del sector público local
El Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el “Informe de fiscalización de la asistencia a municipios por las Diputaciones provinciales o entidades equivalentes en materia de administración electrónica y el estado de la implantación en los ayuntamientos de municipios de población entre 10.000 y 20.000 habitantes”.
Esta fiscalización se ha desarrollado de forma coordinada con los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas y ha consistido en analizar la asistencia prestada en materia de administración electrónica a los ayuntamientos de población inferior a 20.000 por parte de las Diputaciones Provinciales, Diputaciones Forales, Cabildos y Consejos Insulares, las Comunidades Autónomas uniprovinciales y la Comunidad Foral de Navarra.
Además, la fiscalización ha analizado el estado de implantación de la administración electrónica y la transformación digital en ayuntamientos de entre 10.000 y 20.000 habitantes. Para ello se ha tomado una muestra de 38 ayuntamientos de Andalucía, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Illes Balears y la Región de Murcia.
El informe concluye que la asistencia desarrollada fue incompleta, al no incluir, en la mayor parte de los casos, la totalidad de las herramientas que era obligatorio por ley disponer. Además de, en algunas de ellas, no alcanzar a la totalidad de las entidades locales de población inferior a 20.000 habitantes, excluyendo a determinados ayuntamientos por su tamaño. En algunos casos, determinadas entidades fiscalizadas, no prestaron asistencia en la materia a los municipios de su ámbito territorial.
Respecto a la implantación de la administración electrónica en los ayuntamientos, los resultados ponen de manifiesto que sólo uno de ellos disponía de todas las herramientas exigidas por la normativa mientras que otro, no había desarrollado ninguna.
El Pleno también ha aprobado el “Informe sobre Inversiones financieramente sostenibles (IFS) de los ayuntamientos, ejercicio 2019”. En concreto se han analizado los ayuntamientos de Alcalá de Henares, Córdoba, Madrid, Málaga, Sant Pere de Ribes, Santander, Valencia y Valladolid.
La fiscalización ha consistido, entre otros, en verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para llevar a cabos estas inversiones en 2019, comprobar si las cuantías destinadas a ellas cumplían los límites legales establecidos, verificar si las IFS analizadas cumplían los requisitos legalmente exigibles y analizar si estas inversiones fueron financieramente sostenibles y contribuyeron al crecimiento económico.
El informe constata la ausencia de una regulación completa sobre la materia. Además, se han detectado la existencia de inversiones que no cumplían los requisitos para ser consideradas financieramente sostenibles e inversiones aprobadas en el ejercicio anterior que no habían sido ejecutadas en el plazo máximo previsto para ello.
El informe realiza diversas recomendaciones. Por ejemplo, sugiere que se complete la regulación sobre la materia para que resulte más homogénea y coherente evitando criterios interpretativos. Además, se insta a los responsables de las entidades locales a incrementar la publicidad de los criterios para la determinación de superávit y mejorar los sistemas de control de las inversiones. El informe recomienda a los órganos de intervención un incremento en el control de los expedientes de aprobación, autorización y ejecución de IFS.
Todos los informes de fiscalización aprobados por el Pleno del Tribunal de Cuentas estarán disponibles para consulta en los próximos días en www.tcu.es.
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Yolanda López
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