Inici / va/ Comunicació i Espai Divulgatiu / El Tribunal de Cuentas dicta dos sentencias sobre los ERES de Andalucía

Comunicació i Espai Divulgatiu

Nota de Prensa

El Tribunal de Cuentas dicta dos sentencias sobre los ERES de Andalucía

23/12/2024
  • En el Procedimiento de reintegro por alcance n.º B-137/16-7 Sector Público Autonómico (Consejería de Empleo -Ayudas sociolaborales a la prejubilación- CALDERINOX, S.A.) se declara la existencia de un alcance causado al patrimonio público de la Junta de Andalucía, por un importe total de 71.945,78 euros.
  • En el otro caso, la demanda de la Junta de Andalucía ha sido desestimada porque ha resultado acreditado que no se financió con fondos públicos el pago de la prima del contrato de seguro de rentas de ningún “intruso”.

Madrid, 20 de diciembre de 2024

La consejera del Departamento 2º de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas ha dictado dos sentencias sobre las ayudas sociolaborales a la prejubilación concedidas por la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía entre 2001 y 2010.

La sentencia dictada en el Procedimiento de reintegro por alcance n.º B-137/16-7 Sector Público Autonómico (Consejería de Empleo -Ayudas sociolaborales a la prejubilación- CALDERINOX, S.A.) declara la existencia de un alcance causado al patrimonio público de la Junta de Andalucía, por un importe total de 71.945,78 euros, como consecuencia del pago de la prima de un contrato de seguro de rentas de prejubilación, realizado con fondos públicos, a efectos de garantizar la percepción de dichas rentas por dos beneficiarios irregulares (“intrusos”), esto es, por dos personas que no formaban parte del colectivo de extrabajadores de CALDERINOX, S.A. afectados por el ERE.

En la resolución se condena como responsable contable directo de dicho alcance a la persona que desempeñaba el puesto de director general de trabajo de la Junta de Andalucía durante el período al que se refieren los hechos enjuiciados.

En el Procedimiento de reintegro por alcance n.º B-137/16-5 Sector Público Autonómico (Consejería de Empleo - Ayudas socio laborales a la prejubilación – GONZÁLEZ BYASS, S.A.), la sentencia desestima la demanda de la Junta de Andalucía al haber resultado acreditado que, en este caso concreto, no se financió con fondos públicos el pago de la prima del contrato de seguro de rentas de ningún “intruso”.

Las dos sentencias son recurribles en segunda instancia ante la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas.

 

 

Què estàs buscant?