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El Tribunal de Cuentas aprueba el Informe de fiscalización de la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, ejercicios 2016 y 2017

19/03/2019

Madrid, 19 de marzo de 2019.- Esta fiscalización, realizada a iniciativa del Tribunal de Cuentas y aprobada por el Pleno de la Institución, ha tenido los siguientes objetivos: verificar que las cuentas anuales de la entidad de los ejercicios 2016 y 2017 representan adecuadamente la imagen fiel de la situación financiera y patrimonial y de los resultados del ejercicio; comprobar el cumplimiento de la normativa aplicable a la actividad económico financiera de la entidad, especialmente en lo relativo a la organización del trabajo y la formación para el empleo de los internos en los establecimientos penitenciarios.

En la fiscalización se ha verificado, también el cumplimiento por la entidad de la normativa sobre igualdad de mujeres y hombres y de transparencia en todo aquello que pudiera tener relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras.

Tras la actividad fiscalizadora, el Informe incluye una serie de conclusiones, entre ellas:

En relación a la representatividad de las cuentas anuales de la entidad de los dos ejercicios fiscalizados, el informe recoge una opinión favorable, si bien, con varias salvedades derivadas de incumplimientos de principios y criterios contables. 

De esta forma, el balance no recoge los bienes recibidos en cesión procedentes de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias donde la entidad realiza sus funciones, sin que las cuentas de inmovilizado tengan incorporado el valor razonable de los derechos de uso o del activo correspondiente.

Para el cumplimiento de sus funciones, la entidad utiliza edificios, instalaciones y espacios ubicados en los centros penitenciarios; lo que supone una cesión, a su favor, de bienes que se encuentran adscritos a la citada Secretaría General, sin que se disponga de documento regulador descriptivo del uso y de las características de tales bienes. En estos espacios, el personal de la entidad realiza la gestión de la actividad económico-administrativa y operativa de los talleres productivos y la actividad formativa de los internos, utilizando las dependencias administrativas, las aulas y los espacios habilitados al efecto.

Otra salvedad recogida en el Informe hace referencia a que el saldo de los deterioros de valor de créditos por operaciones de gestión se encuentra, al cierre de 2016 y 2017, sobrevalorado en 1.497.000 y 1.902.000 euros, respectivamente; debido a que la entidad deteriora los saldos deudores que tienen una vigencia inferior a un año.

En lo que se refiere al análisis del cumplimiento de la legalidad, la fiscalización destaca  que, en líneas generales, la entidad ha cumplido con la normativa. No obstante, se han observado algunas insuficiencias y deficiencias en este cumplimiento. Concretamente, la entidad dispone de un Manual de Procedimientos que necesita actualizarse y presenta deficiencias en la definición de las actuaciones a realizar. La actividad planificadora de la entidad durante el período fiscalizado no identificaba las unidades y personas responsables de cada actuación, no documentaba el seguimiento efectuado y carecía de los indicadores que permitieran evaluar el grado de cumplimiento. Respecto a los servicios de cocina y de economato de los centros penitenciarios, la entidad tenía una capacidad limitada para controlar, directamente, su ejecución, así como la calidad de los racionados y de los alimentos adquiridos, dado que no disponía de personal en su plantilla que, diariamente, llevase a cabo la recepción de los alimentos, su almacenamiento y la elaboración de las comidas. El control diario de estas actividades se realizaba por personal de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias destinado en el centro penitenciario respectivo, como, por ejemplo, el personal de cocina o los responsables de almacenes, que no depende orgánicamente de la entidad Trabajo Penitenciario. Por último, respecto de la actividad contractual, la entidad no ha elaborado un documento propio y separado para justificar y precisar la necesidad e idoneidad de los contratos ni tampoco un documento de recepción o conformidad con el objeto que constituyen sus prestaciones.

En el análisis de los procedimientos de gestión en la actividad fiscalizadora se observaron deficiencias en la gestión de los apoderados de las cuentas bancarias, de la información de los talleres productivos y de la gestión informática de la actividad ordinaria de la entidad. Así, la entidad no disponía de una base de datos completa y actualizada de las personas con firma en las cuentas bancarias de cada establecimiento penitenciario. Respecto a la determinación de las características de los talleres productivos y de los puestos de trabajo gestionados por la entidad, no existía un catálogo que recogiera, de manera integrada, la información con los requisitos que debe tener cada tipo de taller y del perfil profesional de los puestos desarrollados en cada uno de ellos.

Por otro lado, la entidad utilizaba una pluralidad de paquetes informáticos para la gestión de su actividad que disminuía la eficiencia de los procesos de gestión, al suponer una dispersión de las tecnologías empleadas y de las bases de datos del organismo, obligando a realizar integraciones de datos, tanto manual como telemáticamente, a adquirir licencias y a mantener aplicaciones con suministradores que tienen la condición de único proveedor, con el correspondiente coste económico y consumo de tiempo. La gestión ordinaria de los sistemas informáticos de los servicios centrales, como la administración de los sistemas informáticos, el soporte a usuarios, el mantenimiento de equipos o la administración del correo corporativo, no se realizaba por personal propio de la entidad sino por una empresa externa, circunstancia que supone un déficit estructural de plantilla. El personal de la entidad tampoco llevaba a cabo el desarrollo y gestión de proyectos informáticos, lo que supone una dependencia significativa de los suministradores de estos servicios.

El Informe finaliza con una serie de recomendaciones dirigidas la entidad para que perfeccione algunos de sus procedimientos de contabilización, gestión y control; evitando así la repetición de los incumplimientos y deficiencias detectados en esta fiscalización.

El contenido del presente Informe (nº 1.314) puede ser consultado en la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es).

Más información:

Marisol Gálvez
Directora de Comunicación
T. 91 592 09 95 / M. 649 275 686
marisol.galvez@tcu.es

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