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Comunicació i Espai Divulgatiu

Nota de Prensa

EL TRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA FINANCIACIÓN APLICADA POR LAS EMPRESAS PARA LA FORMACIÓN DE SUS TRABAJADORES, CON CARGO A LAS CUOTAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

01/12/2015

EL TRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA FINANCIACIÓN APLICADA POR LAS EMPRESAS PARA LA FORMACIÓN DE SUS TRABAJADORES, CON CARGO A LAS CUOTAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

 

Madrid, 1 de diciembre de 2015.- El Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el “Informe de Fiscalización de la financiación aplicada por las empresas para la formación de sus trabajadores, con cargo a las cuotas de formación profesional”, en el que se analizan tanto las acciones formativas desarrolladas por las empresas, como los permisos individuales de formación autorizados por las mismas y financiados mediante el sistema de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, aplicadas por las empresas con cargo al presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en el ejercicio 2012.

El informe señala una serie de incidencias relacionadas con las acciones de formación de demanda y su financiación, así como con las entidades organizadoras y las empresas beneficiarias. En relación a las primeras, el Tribunal señala, entre otras consideraciones, que las acciones formativas fueron desarrolladas en numerosas ocasiones respondiendo más a la oferta presentada por las entidades organizadoras de la formación, que a las necesidades específicas de los propios trabajadores.

En cuanto a la financiación de esta iniciativa, el informe apunta que el sistema telemático implantado por el SEPE para comprobar la procedencia y exactitud de las bonificaciones practicadas por las empresas como consecuencia de las acciones formativas desarrolladas, no dispone de información sobre aquellas empresas que presentan saldos acreedores en sus boletines de cotización no aceptados por la Tesorería General de la Seguridad Social, así como de aquellas otras a las que se ha concedido un aplazamiento en el abono de las cuotas de Seguridad Social.

Por otra parte, con la fiscalización se ha verificado que algunas empresas beneficiarias de este sistema de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social aplicaron, en sus boletines de cotización, un importe de bonificación superior al crédito del que anualmente disponían para financiar la iniciativa de formación de demanda. Concretamente, de acuerdo con la información recogida en la base de datos relativa a las acciones formativas realizadas en el año 2012 certificada por la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, al menos 1.064 empresas aplicaron en sus boletines de cotización un importe superior en mil euros a su crédito máximo disponible, con una bonificación indebidamente aplicada total de 3.987.721 euros.

Asimismo, este análisis ha constatado la existencia de empresas que, pese a haber aplicado bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social de una forma indebida durante ejercicios anteriores, continuaron beneficiándose de este sistema. En una de las empresas afectadas por esta situación, el importe pendiente de devolución, de acuerdo con el acta de liquidación, ascendía a 1.454.465 euros.

En el ámbito relativo a los permisos individuales de formación autorizados por las empresas fiscalizadas, se han observado, entre otras consideraciones, que la formación realizada a través de los mismos podría responder, en numerosas ocasiones, a una planificación empresarial en lugar de a una iniciativa voluntaria de los trabajadores.

En cuanto a la evaluación de la formación de demanda, a fecha de finalización de los trabajos de fiscalización, el SEPE no había elaborado un informe específico, evaluando el impacto de la formación de demanda en el mantenimiento del empleo y en la mejora de la competitividad de las empresas, ni acerca de la eficacia y la adecuación de las acciones formativas impartidas a las necesidades de las empresas. Asimismo, tampoco había realizado un informe sobre la eficiencia de los recursos económicos y de los medios empleados.

El informe incluye, también, los resultados obtenidos respecto de las entidades organizadoras de la formación y las empresas bonificadas, así como los relativos a aquellas que autorizaban los permisos individuales de formación. El Tribunal apunta, entre otras conclusiones, que algunas entidades incrementaron de forma injustificada los costes facturados a las empresas bonificadas. Otra de las deficiencias encontradas es la referida a la falta de identificación en cuenta separada de su contabilidad de los gastos de ejecución de las acciones formativas desarrolladas y financiadas mediante el sistema de bonificaciones en las cuotas de Seguridad Social.

Asimismo, el informe señala que la documentación que ha sido entregada al Tribunal de Cuentas no contiene toda la información requerida por este, como es el caso de la comunicación a la representación legal de los trabajadores, por parte de la empresa beneficiaria, ya que no consta la identificación de los trabajadores que realizaron las acciones formativas, así como el calendario previsto para las mismas, impidiendo verificar la veracidad de la bonificación aplicada como consecuencia de los permisos individuales de formación autorizados.

En función de los resultados obtenidos, el informe del Tribunal formula una serie de recomendaciones que dirige tanto al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, como al SEPE y a la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.

En concreto, se recomienda al Ministerio de Empleo y Seguridad Social efectuar un desarrollo normativo adecuado de la iniciativa de formación de demanda, garantizando las actuaciones contenidas actualmente en las instrucciones internas dictadas por el SEPE y en las comunicaciones efectuadas por la Fundación Tripartita.

Asimismo, el Tribunal recomienda que se adopten medidas orientadas a incrementar el control sobre los grupos formativos realizados bajo la iniciativa de formación de demanda, así como las orientadas a arbitrar los mecanismos necesarios para garantizar el adecuado seguimiento y control de los importes generados en concepto de bonificaciones de cuotas indebidamente aplicadas por las empresas.

En cuanto al SEPE, se recomienda que, en coordinación con la Tesorería General de la Seguridad Social, adopte las medidas necesarias para evitar que las empresas procedan a bonificar indebidamente en sus boletines de cotización importes superiores al crédito máximo disponible establecido legalmente.

También debiera registrar, en sus estados financieros, el importe derivado de las bonificaciones de cuotas indebidamente aplicadas por las empresas, con el fin de que sus cuentas anuales muestren la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y del resultado económico patrimonial, de acuerdo con el Plan General de Contabilidad Pública, lo que permitiría, además, facilitar un adecuado seguimiento y control de las bonificaciones de cuotas indebidamente practicadas cada año por las empresas.

Asimismo, con la colaboración y el apoyo técnico de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, el SEPE debería agilizar la tramitación de las actuaciones de seguimiento y control desarrolladas sobre las empresas beneficiarias del sistema de bonificaciones en las cuotas de formación profesional, con el fin de mejorar la eficacia y eficiencia de la gestión de estos recursos públicos.

Finalmente, la Fundación Tripartita, como entidad colaboradora del SEPE, debería analizar, a través del sistema telemático cuya gestión tiene encomendada, aquellas empresas que aplican en sus boletines de cotización una bonificación superior al importe del crédito máximo reconocido legalmente, adoptando las medidas oportunas para garantizar la eficacia y eficiencia en la gestión de estos recursos públicos.

 

El contenido íntegro de este informe puede ser consultado en la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es).

 

Más información

Marisol Gálvez

Directora de Comunicación

T. 91 592 09 95 / M. 649 275 686

marisol.galvez@tcu.es

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