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Comunicació i Espai Divulgatiu

Nota de Prensa

APROBADO EL INFORME DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, EJERCICIO 2015

26/01/2018

EL TRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA LA MANCHA, EJERCICIO 2015

Madrid, 26 de enero de 2018.- El Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el “Informe de Fiscalización de la Universidad de Castilla-La Mancha, ejercicio 2015”. La fiscalización se ha dirigido al conjunto de centros que conforman la estructura docente, cultural y de investigación de la Universidad de Castilla-La Mancha, junto con el de las restantes entidades creadas para la promoción y desarrollo de sus fines, a fin de verificar que las cuentas anuales de la universidad reflejan la imagen fiel de su situación financiera y patrimonial y de los resultados del ejercicio, de conformidad con los principios contables y presupuestarios que resultan de aplicación, así como el cumplimiento de la legislación aplicable, evaluando a este respecto la sujeción a los principios de legalidad, eficiencia y economía en la gestión de los recursos públicos.

El Informe aprobado sigue la tendencia seguida en cada una de las actuaciones realizadas sobre la universidad con carácter anual, si bien en las presentes cabe destacar las siguientes novedades:

-       En relación con la investigación, se han incluido nuevos parámetros que se han estimado necesarios para analizar esta actividad,  dado que el volumen y calidad de publicaciones es uno de los indicadores más utilizados para medir y comparar la capacidad de las universidades para producir ciencia.

-       En relación con la observancia de la normativa para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se han realizado comprobaciones efectuadas sobre los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, a fin de observar la paridad en las comisiones de valoración constituidas al efecto, dando lugar a la constatación que el Real Decreto 1313/2007, de 5 octubre, que regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, no obstante ser posterior en el tiempo a la Ley Orgánica 3/2007, no exigió de manera expresa el requisito de presencia equilibrada de mujeres y hombres en las comisiones de valoración, lo que ocasiona la falta de cumplimiento de este criterio que se estima esencial para remover los obstáculos de la carrera de la mujer en las universidades, como lo demuestran las pruebas específicas realizadas.

-       Por último, en relación con la labor de tutela realizada por las Comunidades Autónomas  y el grado de cumplimiento de las recomendaciones señaladas en el último informe de fiscalización, desde la nueva perspectiva de la consideración de las universidades públicas como entidades pertenecientes al denominado sector público institucional, en virtud de lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, hay que señalar la disposición tanto de la universidad como de la Comunidad Autónoma  en la adopción de acciones necesarias para proceder a su cumplimiento, lo que requerirá un proceso legislativo ya iniciado pero dilatado en el tiempo.

Del análisis de los resultados obtenidos en la fiscalización, en el Informe se exponen, entre otras, las siguientes conclusiones:

-        Las cuentas anuales de la UCLM correspondientes al ejercicio 2015, fueron aprobadas y rendidas fuera de plazo, y comprenden el balance de situación, la cuenta del resultado económico patrimonial, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo, el estado de liquidación del Presupuesto y la memoria, las cuales reflejan, en sus aspectos significativos, la imagen fiel de su situación financiera y patrimonial y de los resultados en los ejercicios fiscalizados a la fecha de cierre del ejercicio, así como los resultados de sus operaciones y, en su caso, los flujos de efectivo o de la ejecución del presupuesto de conformidad con el marco normativo de información financiera y la normativa presupuestaria que resultan de aplicación. Sin afectar a la opinión sobre las cuentas anuales expresada, hay que señalar la falta de implantación en estos ejercicios de una contabilidad analítica.

-        Los ingresos por prestación de servicios representan el 20% de los ingresos de gestión ordinaria. No obstante la firma de un convenio de financiación entre la universidad y la JCCM en 2014 que establece el marco de referencia para la elaboración de los presupuestos de la UCLM en los ejercicios económicos 2014 y 2015, la fuerte dependencia financiera de la universidad y el retraso importante en el cobro de las transferencias devengadas en los ejercicios previos a la fiscalización han impedido a la universidad contar con unas previsiones fiables de financiación, o de un marco legal adecuado a este respecto, que posibilite una programación a medio o largo plazo dentro de un plan estratégico a elaborar por la universidad.

-        De acuerdo con las previsiones de la LOU, la UCLM aprobó un límite de gasto de 252,5 millones de euros para 2015 que no fue superado.

-        La evolución de los recursos humanos de que dispone la UCLM para el desarrollo de sus funciones muestra un aumento de efectivos del 3,8%, hasta los 3.400 efectivos, habiéndose verificado el cumplimiento de las prescripciones legales correspondientes a la oferta de empleo del 2015, con la correspondiente autorización por parte del órgano competente de la CA. También se ha comprobado el cumplimiento del art. 48.4 de la LOU, si bien no se ha respetado el límite previsto en el apartado 5 de este artículo, en el que se dispone que el personal docente e investigador con contrato laboral temporal no podrá superar el 40 por ciento de la plantilla docente, al observarse en la universidad un porcentaje del 42%.

-        Como se viene señalando en sucesivos informes, se percibe una falta de seguridad jurídica existente en diversos aspectos relacionados con el personal de las universidades públicas, de las que la comunidad autónoma debería regular aquellas especialidades reconocidas a la universidad que se aparten del resto de su sector público en atención a sus peculiaridades, con respeto a la legislación básica estatal dictada en la materia.

-        Transcurridos diez años desde la adaptación de la LOU a los valores y postulados de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, hay que señalar la falta de cumplimiento de los objetivos propuestos en materia de paridad, como se viene señalando en Informes de ejercicios anteriores. La Universidad de Castilla-La Mancha ha mejorado ligeramente en el ejercicio fiscalizado la paridad por género de su personal, pero sigue presentando sesgos importantes en favor del género masculino dentro del personal docente investigador (PDI).

-        Sigue sin justificarse suficientemente la necesidad de celebración de la mayoría de los contratos que han sido analizados, y los pliegos de cláusulas administrativas siguen adoleciendo de imprecisión a la hora de la baremación de los diferentes criterios de adjudicación de acuerdo con los principios de publicidad y transparencia.

-        En el Informe aprobado se realiza un estudio referido a las áreas de la actividad docente e investigadora a través de parámetros e indicadores adecuados para valorar el grado de eficiencia y economía alcanzado por la entidad en la gestión de los fondos públicos.

-        En cuanto a las funciones y competencias de control encomendadas al Consejo Social, se ha comprobado la intervención formal del mismo, dando cumplimiento a las disposiciones que resultan de aplicación, aunque en algunos casos se ha producido de forma extemporánea. Esto no obstante, se siguen observando determinadas incidencias que afectan al control ejercido por el mismo, como la falta del establecimiento de la dependencia funcional del Servicio de Control Interno respecto de este órgano, y la falta de personal de apoyo con recursos económicos suficientes.

-        Teniendo en cuenta que a la fecha de la aprobación del Informe de Fiscalización de la Universidad de Castilla-La Mancha, ejercicios 2013-2014, la universidad ya había formulado las cuentas correspondientes al ejercicio 2015 fiscalizado, y la nueva perspectiva de la consideración de las universidades públicas como entidades pertenecientes al denominado sector público institucional, hay que señalar la disposición de la universidad en la adopción de acciones necesarias para proceder al cumplimiento de las recomendaciones formuladas.

Tras el análisis realizado, el Informe formula una serie de recomendaciones, entre ellas, las siguientes. 

  • A fin de avanzar en la sostenibilidad financiera de la universidad, y no obstante la voluntad de la CA exteriorizada mediante la aprobación de la Ley 2/2017, de 1 de septiembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2017, en la que se establecen “los correspondientes marcos de financiación para los próximos años articulados mediante sendos contratos-programa basados en el Pacto por la Recuperación Económica de Castilla-La Mancha y en el Plan Estratégico de cada Universidad”, se estima oportuno que se acelere en la medida de lo posible su definitiva implementación, y que al mismo tiempo la universidad proceda a la elaboración de programaciones a medio o largo plazo a incluir en su plan estratégico, con los ajustes necesarios, todo ello de acuerdo con los objetivos establecidos para la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la CA.
  • Respecto de los concursos convocados para los cuerpos docentes universitarios, la universidad debería posibilitar la composición paritaria en las comisiones de valoración constituidas al efecto.
  • Se estima que la UCLM debe realizar las medidas oportunas para considerar a la Fundación General de la Universidad de Castilla-La Mancha como dependiente y posibilitar su control a través del Consejo Social junto con la unidad de control interno.
  • Los órganos de contratación deberían justificar de una manera precisa y concreta la necesidad para el servicio público de los contratos adjudicados.

El contenido del presente Informe (nº 1.256) puede ser consultado en la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es)

 

Más información:

Marisol Gálvez

Directora de Comunicación

T. 91 592 09 95 / M. 649 275 686

marisol.galvez@tcu.es

 

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