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APROBADO EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL MUSEO NACIONAL CENTRO DE ARTE REINA SOFÍA, EJERCICIO 2013
EL TRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL MUSEO NACIONAL CENTRO DE ARTE REINA SOFÍA, 2013
- Las cuentas anuales del Museo Reina Sofía reflejan la situación financiera y patrimonial, así como los resultados del ejercicio 2013, sin perjuicio de varias deficiencias que afectan a las cuentas
- Esta fiscalización ha puesto de manifiesto la existencia de debilidades en el control interno contable y de una serie de incumplimientos relacionados con la aplicación de la normativa del propio Museo
Madrid, 9 de febrero de 2015.- El Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el pasado 29 de enero el “Informe de fiscalización del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, ejercicio 2013”. El documento incluye el análisis realizado sobre la representatividad de las cuentas anuales del Museo durante el citado ejercicio, sobre el cumplimiento de la legalidad, en cuanto a su funcionamiento y organización, sobre la gestión del inmovilizado y de los ingresos, en materia contractual, así como sobre la aplicación de la normativa sobre la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
En cuanto a la representatividad de las cuentas anuales del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía (MNCARS), se señala que éstas reflejan, en sus aspectos significativos, su situación financiera y patrimonial, así como el resultado del ejercicio y la liquidación de su presupuesto. No obstante, el informe apunta una serie de salvedades contables, algunas de las cuales -al ser motivadas por las características específicas de los bienes y las obras de arte del Museo- requieren para su corrección de un pronunciamiento por parte de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) y otras estaban siendo corregidas por el propio Museo.
Algunas de las incidencias detectadas por el Tribunal de Cuentas son las referentes al hecho de que el MNCARS registró, indebidamente, en las partidas de Terrenos y Construcciones los valores del suelo y del vuelo de los inmuebles declarados Bienes de Interés Cultural o asimilados a esta categoría. Estos elementos debieron figurar en la rúbrica de Bienes del patrimonio histórico, en registros contables independientes y, en consecuencia, el valor de tales construcciones no debió ser objeto de amortización.
Por otra parte, la documentación soporte no ha permitido la verificación del saldo de la cuenta de Bienes del Patrimonio Histórico (con un valor de 288 millones de euros a 31 de diciembre de 2013), si bien el propio Informe aclara que la posible falta de incorporación de determinados bienes artísticos no afectaría a la representatividad de las cuentas de la Entidad. Asimismo, el Museo está inmerso, desde 2010, en un proceso de inventario de bienes no artísticos del que se prevé un significativo efecto sobre las cuentas de ejercicios futuros.
El informe señala, asimismo, que en la memoria de las cuentas anuales se detectan carencias de información, especialmente por lo que se refiere a los bienes del inmovilizado que gestiona el Museo. Además, la información sobre la aplicación del principio de devengo no se ajusta a la realidad y la memoria solo informa de manera parcial sobre el coste de las actividades desarrolladas por el Museo.
Esta fiscalización también ha puesto de manifiesto el incumplimiento del principio de devengo en una parte significativa de los ingresos, la ausencia de un manual de contabilidad específico para la Entidad y una serie de deficiencias en la información contable y en el ámbito de la tesorería, entre otras.
En el apartado de análisis sobre el cumplimiento de la legalidad, el informe recoge una serie de incumplimientos relacionados con la aplicación de la normativa del propio Museo, como la falta de aprobación de los principios de organización, de la estructura orgánica, de la plantilla y de la propuesta de régimen retributivo y del organigrama funcional previsto en dicha normativa.
En el marco del cumplimiento de la legalidad, el Tribunal también ha detectado que el Museo no cuenta con una serie de principios de dirección ni directrices generales de actuación que hayan sido formalmente aprobados. Tampoco cuenta con un proyecto de actuación artística actualizado (el vigente era del año 2007), ni con planes generales de actuación y de objetivos para el ejercicio 2013, con lo que el Museo incumple las previsiones legales sobre la planificación en el ejercicio fiscalizado.
En materia de ingresos, el informe detecta una posible aplicación indebida de los criterios legales de ponderación de la tasa de cesión de espacios, lo que ha podido producir una reducción de la cuantía que debió percibir el Museo por este concepto. En materia contractual, el análisis del Tribunal de Cuentas pone de manifiesto irregularidades en la tramitación de distintas clases de contratos, así como la contabilización de gastos que no estaban amparados en contratos formales celebrados por el Museo. También se observó la devolución, por duplicado, de dos fianzas recibidas en garantía de procedimientos contractuales.
El informe señala, asimismo, que la composición del Patronato no cumplía las previsiones relativas a la presencia equilibrada entre mujeres y hombres, ya que en el periodo fiscalizado, de los 17 vocales designados, solo dos eran mujeres.
En el análisis del control interno operativo de la Entidad se han detectado una serie de debilidades, entre ellas, la ausencia de informes periódicos sobre el estado de conservación de las obras y de un manual de seguridad. En la gestión de los bienes artísticos los expedientes analizados pusieron de manifiesto la dispersión de la documentación en distintas unidades gestoras; en las adscripciones, la ausencia de un procedimiento completo y detallado de los trámites a llevar a cabo por el Museo para el estudio y propuesta de las obras de arte de su interés para elevar al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes; y en los préstamos de obras de arte a otras instituciones, las normas internas informales del Museo no incluyen las garantías que debían aportar las instituciones receptoras de tales obras de arte.
El Tribunal de Cuentas finaliza su informe con la propuesta de una serie de recomendaciones que subsanen las deficiencias halladas y que van dirigidas al Museo, al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y a la IGAE.
Respecto al MNCARS, el Tribunal recomienda elaborar un informe periódico sobre el estado de conservación de las obras de arte que gestiona; proseguir en la gestión y control de las obras y la búsqueda de las obras de arte no localizadas; mejorar sus labores de seguimiento y control de los depósitos constituidos en otras instituciones; y, en coordinación con el Museo Nacional del Prado, continuar los trabajos hasta culminar el proceso de reordenación de las obras de arte en el que están inmersos ambos Museos. Además, debería concluir con la mayor celeridad posible el proceso de inventario de bienes no artísticos y solventar las deficiencias de su inmovilizado.
En cuanto al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el informe se recogen varias recomendaciones, entre otras, la de elegir y desarrollar fórmulas de colaboración con las Comunidades Autónomas que tengan reconocidas en sus estatutos competencias exclusivas en materia de cultura y que cuenten con algún centro dedicado a finalidades similares al MNCARS.
Por último, el Informe recomienda a la IGAE aprobar una norma que regule las características contables específicas que han de aplicar las Entidades gestoras de bienes artísticos, como el MNCARS, y que estén adaptadas al vigente Plan General de Contabilidad Pública.
El contenido íntegro de este Informe se encuentra publicado en la página web del Tribunal de Cuentas.
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Marisol Gálvez
Directora de Comunicación
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