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El Tribunal de Cuentas recomienda reforzar la evaluación y el seguimiento de los beneficios fiscales
El informe concluye que su coste se estima adecuadamente en los Presupuestos Generales del Estado, pero señala que la falta de objetivos suficientemente explicitados y de un seguimiento sistemático dificulta evaluar plenamente su eficacia y eficiencia.
Madrid, 23 de septiembre de 2026
El Tribunal de Cuentas ha fiscalizado la presupuestación y materialización de los beneficios fiscales del Estado, reducciones legalmente previstas en los tributos para fomentar determinadas actividades o apoyar situaciones personales, sectoriales o territoriales por razones de interés público. Su coste estimado para la Hacienda estatal ascendió al menos a 53.982 millones de euros en 2024. En los Presupuestos Generales del Estado para 2023 se había estimado en más de 45.000 millones, aproximadamente una cuarta parte del ingreso tributario teórico.
La fiscalización constata que las evaluaciones externas disponibles sobre los beneficios fiscales “muestran unos resultados de eficacia mayoritariamente positivos” aunque el informe concluye que no existe un seguimiento sistemático de la implementación y de los resultados de las políticas públicas instrumentadas mediante estos incentivos. Además, el diseño de los beneficios fiscales no se documenta adecuadamente ya que no se hacen explícitos “sus objetivos concretos, las alternativas consideradas y los datos e hipótesis de partida”.
El Tribunal considera necesario establecer canales estables de comunicación entre la Administración tributaria y los órganos responsables de las políticas sectoriales para facilitar ese seguimiento. También señala que, en la fecha de cierre de los trabajos, no existía evidencia suficiente que acreditara la conexión causal entre el incremento de la recaudación y el cumplimiento del compromiso del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia relativo a la reducción de beneficios fiscales.
En cuanto a su presupuestación, el Tribunal considera razonables y consistentes las metodologías empleadas para identificar y cuantificar los beneficios fiscales, acorde con las prácticas en los países del entorno. El informe concluye que “el mandato constitucional de cuantificar en los Presupuestos Generales del Estado el coste estimado de los beneficios fiscales se cumple adecuadamente”. El informe detecta que el 43% de las figuras identificadas no está cuantificado en el presupuesto, aunque debido a su escasa entidad no afecta al importe total. Asimismo, recomienda publicar las estimaciones que la Administración realiza sobre su coste efectivo una vez cerrado cada ejercicio.
Respecto a los controles de la Agencia Tributaria, el informe identifica aspectos susceptibles de mejora en el ámbito de las entidades sin fines lucrativos acogidas al régimen fiscal especial y de los incentivos fiscales al mecenazgo, entre ellos los retrasos en determinadas rectificaciones censales, el intercambio de información con las comunidades autónomas y los controles sobre la presentación de determinadas memorias económicas.
Entre sus principales recomendaciones, el Tribunal propone publicar los objetivos, parámetros y costes previstos de los beneficios fiscales; mejorar el intercambio de información entre la Agencia Tributaria y las administraciones responsables de las políticas afectadas; y limitar la vigencia temporal de estos incentivos, condicionando su continuidad a una evaluación positiva de su eficacia y eficiencia.

