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El Departamento Segundo de Enjuiciamiento dicta sentencia sobre el caso de la Oficina Antifraude de Cataluña
- La sentencia estima en parte la demanda de la Oficina Antifraude de Cataluña (OAC), a la que se adhirió íntegramente el Ministerio Fiscal, y condena al antiguo director de la OAC a reintegrar a la entidad pública la cantidad de 82.341,27 euros. La sentencia es recurrible en apelación ante la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas
Madrid, 3 de noviembre de 2025
La consejera del Departamento 2º de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas ha dictado sentencia en los Procedimientos de reintegro por alcance acumulados n.º B-72/2022, Sector Público Autonómico (Informe de Fiscalización 5/2018-Oficina Antifraude de Cataluña, Ejercicio 2015), Cataluña, y nº C-9/2024 Sector Público Autonómico (Informe de Fiscalización 20/2020-Oficina Antifraude de Cataluña, Ejercicios 2010-2018), Cataluña. La sentencia estima parcialmente la demanda de la OAC, a la que se adhirió íntegramente el Ministerio Fiscal, y condena al antiguo director de la Oficina a reintegrar a la Oficina la cantidad de 82.341,27 euros.
La sentencia aprecia que, durante el periodo en que el demandado fue director de la Oficina (años 2011 a 2016), y por orden de éste, se pagaron injustificadamente determinadas retribuciones en concepto de trienios a las que no tenían derecho sus perceptores. Estas retribuciones injustificadas beneficiaron al propio director, así como a otras personas que en aquellos momentos desempeñaban otros cargos en la Oficina. La resolución condena al exdirector a reparar el daño causado a los fondos públicos de la OAC mediante el reintegro de las cantidades que indebidamente se pagaron a las personas mencionadas.
La sentencia es recurrible en apelación ante la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas.
