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Nota de Prensa

APROBADO EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA GESTIÓN RECAUDATORIA EN EL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ

04/12/2015

EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA GESTIÓN RECAUDATORIA EN EL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ

Madrid, 4 de diciembre de 2015.- El Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el “Informe de fiscalización de la gestión recaudatoria en Ayuntamientos de municipios con población superior a 100.000 habitantes de las Comunidades autónomas sin órgano de control externo propio: Ayuntamiento de Badajoz”.

Esta fiscalización, de gestión y de regularidad, tiene como objetivos específicos la evaluación de los sistemas y procedimientos de gestión y control interno, la revisión de la adecuación de la legalidad de la gestión recaudatoria y la comprobación de que la información suministrada por las cuentas de la Entidad refleja fielmente su gestión recaudatoria. Los trabajos se han centrado en la recaudación de los tributos propios del Ayuntamiento (impuestos, tasas y contribuciones especiales), así como de los precios públicos y los ingresos derivados de la imposición de multas y sanciones.

El ámbito temporal de la fiscalización se extiende, fundamentalmente, al ejercicio 2012, sin perjuicio de las comprobaciones y de los análisis realizados sobre operaciones y datos de ejercicios anteriores así como de los ejercicios 2013 y 2014; en particular, el examen de sistemas y procedimientos ha abordado la situación de los mismos en el momento de desarrollo de los trabajos de fiscalización, esto es, en 2015.

Como se recoge en el Informe de fiscalización, el actual modelo de gestión recaudatoria del Ayuntamiento resulta de la implementación de una recomendación del Tribunal de Cuentas, efectuada con ocasión de la fiscalización del referido Ayuntamiento en relación con los ejercicios 2006 y 2007, en la que se impulsaba a un cambio del sistema vigente a la fecha por no ajustarse a la normativa. Atendiendo a dicha recomendación, la Entidad asumió la gestión directa de la recaudación en periodo voluntario, delegando en la Diputación Provincial la recaudación de los ingresos de derecho público en periodo ejecutivo, así como la recaudación en voluntaria de las multas de tráfico y las actas de inspección del Impuesto de Actividades Económicas. El Ayuntamiento tiene contratados los servicios de una empresa que le apoya en labores administrativas e informáticas y en la atención al público.

En las conclusiones, el Informe señala que el Ayuntamiento no dispone de una Ordenanza general de recaudación, sin que se haya suplido esta carencia con manuales o instrucciones escritos. Por su parte, la Intervención municipal ha limitado sus actuaciones a la toma de razón en contabilidad, no constando que realizara comprobaciones posteriores como se establecía por Acuerdos del Pleno de la Corporación.

Se recoge también en el Informe que la Tesorería elabora anualmente una Cuenta de Recaudación que permite conocer el resultado íntegro de la gestión recaudatoria, y que, si bien en 2012 el Ayuntamiento disponía de aplicaciones informáticas diferenciadas según el tipo de ingreso, en la actualidad cuenta con una única aplicación de gestión tributaria y recaudatoria integrada, lo que facilita el control.

El Informe refleja, asimismo, que los procedimientos de gestión del Ayuntamiento han permitido, con carácter general, garantizar la notificación de las liquidaciones practicadas por ingresos directos, aun cuando los procedimientos para el control del periodo voluntario de pago no fueron suficientes. Asimismo, se indica que los procedimientos aseguran, en general, el impulso de la recaudación por procedimiento de apremio de las deudas no abonadas, salvo en el caso de deudas de las entidades públicas, así como en el de las deudas suspendidas, que habían sido retiradas del procedimiento de cobro, respecto de las que se informa sobre debilidades en los procedimientos para su control y seguimiento.

La recaudación de ingresos por delegación obtenida por la Diputación se ingresa mensualmente en una cuenta restringida del Ayuntamiento, existiendo entre ambas Entidades un protocolo de comunicación que facilita el control sobre la gestión recaudatoria efectuada por delegación.

Finalmente, el Informe expresa una opinión favorable respecto de la información contable que suministra la cuenta anual de 2012 en relación con los presupuestos de ingresos corrientes y cerrados, con dos salvedades. En concreto, se señala que la liquidación formulada no informa suficientemente del motivo de las cancelaciones de los derechos, al haberse contabilizado las cancelaciones por prescripción de deudas y por insolvencias como anulaciones de liquidaciones, y que la Entidad no ha registrado en sus liquidaciones de presupuestos de ingresos corrientes y cerrados de 2012 las anulaciones de derechos por fraccionamientos y aplazamientos. La primera salvedad fue coyuntural del ejercicio 2012, habiéndose comprobado que la liquidación del presupuesto de ingresos del ejercicio 2013 sí refleja detalladamente los derechos cancelados por prescripción y por insolvencias.

A la vista de las conclusiones, se efectúan un conjunto de recomendaciones dirigidas a contribuir a la mejora de los procedimientos, de la estructura orgánica, del control interno, así como del registro contable de la gestión recaudatoria. En particular, se hace referencia a la conveniente adopción de una ordenanza general de recaudación; a la necesaria formalización por escrito de los procedimientos de  recaudación y a la precisa implantación y reforzamiento de determinados procedimientos de recaudación. Asimismo se recomienda el establecimiento de los procedimientos necesarios para garantizar el  control financiero por parte de la Intervención municipal, así como que se realice una revisión global de las deudas que se encuentra suspendidas o pendientes de cobro en el Ayuntamiento.

El contenido íntegro de este informe puede ser consultado en la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es).

Más información

Marisol Gálvez

Directora de Comunicación

T. 91 592 09 95 / M. 649 275 686

marisol.galvez@tcu.es

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