6/07/16
EL TRIBUNAL DE CUENTAS APRUEBA EL INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE EL DESARROLLO, MANTENIMIENTO Y GESTIÓN DEL TRANVÍA DE PARLA
Madrid, 6 de julio de 2016.- El Pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el “Informe de Fiscalización del desarrollo, mantenimiento y gestión del Tranvía de Parla”.
Esta fiscalización, llevada a cabo a instancia de la Comisión Mixta Congreso-Senado para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, ha tenido como objetivos los siguientes:
La fiscalización se ha desarrollado respecto de las actuaciones realizadas para la construcción, puesta en marcha y explotación del tranvía por el Ayuntamiento de Parla -como titular de las infraestructuras y de sus obras e instalaciones, del material móvil y del resto de los elementos necesarios para la puesta en servicio del sistema tranviario, y responsable de su financiación-, así como por el Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM), por cuanto intervino en la tramitación y resolución del expediente de concesión de esta obra pública. El ámbito temporal de los trabajos abarca desde 2004, fecha en la que se iniciaron las actuaciones del tranvía, hasta diciembre de 2014.
En las conclusiones del Informe se recogen los principales resultados de la fiscalización, que, atendiendo a cada uno de sus objetivos, son los siguientes:
A) En relación con la contratación
- El Ayuntamiento contrató la redacción de dos estudios de viabilidad previos a la construcción del tranvía –uno sobre funcionalidad y economía, y otro sobre el trazado-, celebrados por procedimiento negociado sin publicidad sin que se haya acreditado que para la selección del contratista se negociara con las empresas consultadas. Ambos contratos se tramitaron de forma simultánea, pero se celebraron de manera independiente sin que se haya justificado el motivo para ello teniendo en cuenta que tienen un objeto único, por lo que se podría haber incurrido en un fraccionamiento del objeto del contrato eludiéndose los requisitos de publicidad y concurrencia.
- El Ayuntamiento aprobó el anteproyecto y la memoria de las obras del trazado del tranvía y concedió una encomienda de gestión al CRTM para que este procediera a la tramitación y resolución del expediente de concesión de la línea del tranvía. Estas atribuciones concedidas mediante la encomienda excedían de las facultades propias de esta figura legal, si bien la función relativa a la contratación de concesiones por el CRTM, a instancia de los Ayuntamientos a él adheridos –como el de Parla-, quedaba amparada por su Ley de creación, siendo la Gerencia del CRTM el órgano de contratación de esta Entidad.
- En el contrato de concesión de obra pública para la construcción, mantenimiento y explotación de la línea 1 del tranvía se observaron incidencias como carencias e indefiniciones en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, e informes técnicos descriptivos y parcos en valoraciones.
Igualmente, se produjeron deficiencias en la elaboración y ejecución del proyecto constructivo. Así, la fase 1 del proyecto sólo fue aprobada por el Ayuntamiento; la fase 2 fue informada favorablemente por el Ayuntamiento y el CRTM desde el punto de vista técnico pero manifestándose absoluta disconformidad con el presupuesto, sin que se haya acreditado que esta fase se aprobara por ninguno de aquellos. La finalización de las obras se produjo en ambos casos con retraso.
- El CRTM había contratado una asistencia técnica para la inspección, vigilancia y trabajos de coordinación en materia de seguridad y salud de las obras de construcción de la línea 1 del tranvía de Parla, entre cuyas funciones se encontraban el control y la supervisión de las obras y de los proyectos modificados que pudieran concertarse, por lo que el CRTM, en el ejercicio de su actuación supervisora, pudo haber tomado conocimiento de las modificaciones producidas.
- Se realizaron diversas modificaciones al proyecto inicial y obras nuevas no previstas en el mismo sin tramitar el correspondiente expediente contractual, omitiendo toda publicidad y concurrencia, y al margen del órgano de contratación ya que se ejecutaron sin la aprobación del CRTM. La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Parla aprobó el gasto correspondiente a las mismas por resoluciones de 22 de diciembre de 2006 y 29 de junio de 2009, efectuándolo cuando algunas de las obras estaban en ejecución o ya ejecutadas.
Estas obras supusieron un incremento de 36.097.294 euros, IVA no incluido, lo que representó el 38,6% sobre el coste inicial (93.545.800 euros). Ni en las modificaciones del contrato ni en las obras nuevas se justificó debidamente que resultaran de necesidades nuevas o causas imprevistas, como requería la normativa de contratos.
B) En relación con el régimen económico de la concesión del tranvía y las relaciones financieras de ella resultantes
En el Informe se examinan las cinco fuentes de retribución al concesionario de la construcción y explotación del tranvía y se exponen las incidencias detectadas en el cumplimiento de las obligaciones de ellas derivadas:
C) En relación con la repercusión de la gestión del tranvía sobre la hacienda del Ayuntamiento de Parla
El informe formula recomendaciones de distinta naturaleza. Unas recomendaciones van dirigidas al Ayuntamiento de Parla en relación con actuaciones aún en curso como consecuencia del desarrollo, mantenimiento y gestión del tranvía. Otras, van orientadas tanto a las entidades fiscalizadas como a otras entidades locales, y en ellas se hacen un conjunto de consideraciones que habrían de tenerse en cuenta en la construcción y explotación de grandes infraestructuras para la prestación de servicios públicos en los municipios, en particular, para el transporte público de viajeros, que pudieran llevarse a cabo en el futuro.
El contenido íntegro de este informe (nº 1161) puede ser consultado en la página web del Tribunal de Cuentas (www.tcu.es).
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Marisol Gálvez
Directora de Comunicación
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