Oferta de empleo y relaciones de puestos de trabajo
La Comisión de Gobierno, una vez aprobada la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año, propondrá al Pleno, para su aprobación, la oferta de empleo del personal al servicio del Tribunal de Cuentas, que se ajustará a la legislación general de la Función Pública.
El Tribunal de Cuentas, de manera análoga a lo establecido para todas las Administraciones Públicas, dispone de sus propias relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y laboral, que contienen la denominación y características esenciales de los puestos, las retribuciones complementarias que tienen asignados y los requisitos exigidos para su desempeño. Su aprobación y modificación corresponden al Pleno del Tribunal, a propuesta de la Comisión de Gobierno.
Instrumentos de representación y participación del personal al servicio del Tribunal de Cuentas
La representación y participación del personal funcionario en el establecimiento de las condiciones de trabajo, en el ámbito del Tribunal de Cuentas, se llevan a cabo a través de la Junta de Personal y de la Mesa de Negociación, que se rigen por las normas generales de la Función Pública.
Por lo que se refiere al personal laboral, las citadas funciones de representación y participación se ejercen a través del Comité de Empresa y de la Comisión Paritaria de Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación del Convenio Colectivo.
Régimen general de la relación de servicio en el Tribunal de Cuentas
El régimen de selección, provisión de puestos de trabajo, derechos, deberes, incompatibilidades, bases del régimen de retribuciones, Seguridad Social, extinción de la relación del servicio y régimen disciplinario de los funcionarios que prestan servicios en el Tribunal de Cuentas, es el establecido en la legislación general de la Función Pública.