Personal funcionario
El personal funcionario al servicio del Tribunal de Cuentas está integrado por:
Los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos propios del Tribunal: los Cuerpos Superiores de Letrados y de Auditores del Tribunal de Cuentas y el Cuerpo Técnico de Auditoría y Control Externo del Tribunal de Cuentas.
Personal laboral
El Tribunal de Cuentas, dentro de los créditos presupuestarios disponibles, podrá contratar personal laboral para aquellos puestos de trabajo de carácter permanente que figuren incluidos en la relación de puestos de trabajo de dicho personal.
Al personal laboral que presta servicios en la Institución se le aplica el Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Tribunal de Cuentas, suscrito por la comisión negociadora el día 13 de noviembre de 2002, cuya vigencia se prorroga tácitamente por períodos anuales, salvo denuncia por alguna de las partes.
El personal laboral se encuentra clasificado en siete grupos, según la titulación académica exigida para su desempeño, y se organiza en categorías profesionales.
Personal eventual
Está constituido por el personal contratado para funciones expresamente calificadas de confianza o asesoramiento especial a los Altos Cargos, que se encuentra sujeto a las condiciones de nombramiento y cese establecidas para dicho personal en la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas y en el Estatuto Básico del Empleado Público. El cese de los empleados eventuales es automático cuando se produce el del Consejero a cuyo servicio están adscritos. En ningún caso pueden ocupar puestos de trabajo asignados a los funcionarios al servicio del Tribunal de Cuentas en la correspondiente relación de puestos de trabajo.