Consejeros de Cuentas

Detalle Sala de Visitas

Atribuciones:

El Pleno del Tribunal de Cuentas está formado por un total de doce Consejeros, junto con el Fiscal.

Los Consejeros de Cuentas, excepto el Presidente del Tribunal, se asignarán a la Sección de Fiscalización o a la de Enjuiciamiento.

Corresponde a los Consejeros titulares de los Departamentos de la Sección de Fiscalización:

  • Representar al Departamento ante los restantes órganos del Tribunal de Cuentas.
  • Impulsar, dirigir, distribuir, coordinar e inspeccionar el trabajo de su Departamento.
  • Aprobar, rectificar o rechazar las propuestas que les formulen las distintas unidades.
  • Ejercer la potestad disciplinaria respecto del personal de su Departamento en los supuestos de faltas leves.

A los Consejeros adscritos a la Sección de Enjuiciamiento, además de la competencia jurisdiccional que establece la legislación del Tribunal de Cuentas, les corresponde:

  • Ejercer la vigilancia e inspección sobre los procedimientos de su competencia.
  • Ejercer la potestad disciplinaria respecto del personal de su Departamento en los supuestos de faltas leves.

Los Consejeros del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de la función jurisdiccional, deberán abstenerse y, en su defecto, podrán ser recusados cuando concurra justa causa, entendiéndose por tal cualquiera de las señaladas en las Leyes Orgánicas del Poder Judicial y de Enjuiciamiento Civil. La tramitación del incidente de recusación se ajustará a lo preceptuado en estas leyes, con las peculiaridades establecidas en la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas respecto del órgano que ha de conocerlo y fallarlo.

Elección y estatuto:

Los Consejeros de Cuentas serán designados por las Cortes Generales, seis por el Congreso y seis por el Senado, mediante votación por mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras, por un período de nueve años. Serán elegidos entre Censores del Tribunal de Cuentas –en la actualidad, Auditores o Letrados-, Censores Jurados de Cuentas, Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad y funcionarios pertenecientes a Cuerpos para cuyo ingreso exija titulación académica superior, Abogados, Economistas y Profesores Mercantiles, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio profesional.

Antes de su elección, los candidatos propuestos deben comparecer ante la Comisión de Nombramientos del Congreso o del Senado para someterse a las preguntas de los parlamentarios y exponer las consideraciones que estimen oportunas para el caso de que sean elegidos.

Los Consejeros de Cuentas del Tribunal son independientes e inamovibles, salvo en los supuestos de cese por incapacidad, incompatibilidad o responsabilidad disciplinaria, en los términos previstos en la legislación del Tribunal de Cuentas. Si el nombramiento recayese en quien ostente la condición de Diputado o Senador, deberá renunciar a su escaño antes de la toma de posesión de su cargo.

No podrán ser designados Consejeros quienes, en los dos años anteriores, hubieran estado comprendidos en alguno de los siguientes supuestos:

  • Las Autoridades o funcionarios que tengan a su cargo la gestión, inspección o intervención de los ingresos y gastos del sector público.
  • Los Presidentes, Directores y miembros de los Consejos de Administración de los organismos autónomos y sociedades mercantiles integrados en el sector público.
  • Los particulares que, excepcionalmente, administren, recauden o custodien fondos o valores públicos.
  • Los perceptores de subvenciones con cargo a los fondos públicos.
  • Cualquier otra persona que tenga la condición de cuentadante ante el Tribunal de Cuentas.

Los miembros del Tribunal de Cuentas estarán sujetos a las mismas causas de incapacidad, incompatibilidades y prohibiciones establecidas para los Jueces en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

El cargo de Consejero del Tribunal de Cuentas, si correspondiera a un funcionario de las Administraciones Públicas o miembro de las Carreras judicial o fiscal o perteneciera a otro Cuerpo, Carrera o empleo no sometido a la legislación general de la Función Pública, implicará la declaración del interesado en la situación de servicios especiales o equivalente en el Cuerpo o Carrera de procedencia.

La responsabilidad civil o criminal en que pudieran incurrir los miembros del Tribunal de Cuentas en el ejercicio de sus funciones será exigida ante la Sala correspondiente del Tribunal Supremo.

Los Consejeros de Cuentas ejercerán sus funciones de acuerdo con los principios de imparcialidad y dignidad inherentes a las mismas, cuidarán del despacho pronto y eficaz de los asuntos que les correspondan, asistirán a las reuniones plenarias o comisiones a las que fueran convocados y no podrán ser perseguidos por las opiniones expresadas en el ejercicio de sus funciones.

Los Consejeros tienen la obligación de inhibirse del conocimiento de los asuntos que afecten a entidades en cuya dirección, asesoramiento o administración hubieran participado o con la que hubieran mantenido cualquier clase de relación interesada, ya sea ellos mismos o personas de su familia dentro del segundo grado por consanguinidad o afinidad.

RELACIÓN DE CONSEJEROS 1982-2030

CONSEJERO PERÍODO NOMBRAMIENTO CÁMARA
 Dª Enriqueta Chicano Jávega 2021-2030 B.O.E. de 18.11.2021 CONGRESO
 Dª Isabel Fernández Torres 2021-2030 B.O.E. de 18.11.2021 CONGRESO
 Dª M.ª Dolores Genaro Moya 2021-2030 B.O.E. de 18.11.2021 CONGRESO
 D. Diego Íñiguez Hernández 2021-2030 B.O.E. de 18.11.2021 CONGRESO
 D. José Manuel Otero Lastres 2021-2030 B.O.E. de 18.11.2021 CONGRESO
 D. Miguel Ángel Torres Morato 2021-2030 B.O.E. de 18.11.2021 CONGRESO
 Dª Mª del Rosario García Álvarez 2021-2030 B.O.E. de 18.11.2021 SENADO
 Dª Elena Hernáez Salguero 2021-2030 B.O.E. de 18.11.2021 SENADO
 Dª Rebeca Laliga Misó 2021-2030 B.O.E. de 18.11.2021 SENADO
 D. Joan Mauri Majós 2021-2030 B.O.E. de 18.11.2021 SENADO
 D. Javier Morillas Gómez 2021-2030 B.O.E. de 18.11.2021 SENADO
 D. Luis Antonio de Padua Ortiz De Mendívil Zorrilla 2021-2030 B.O.E. de 18.11.2021 SENADO
 D. Ángel Antonio Algarra Paredes 2012-2021 B.O.E. de 21.07.2012 CONGRESO
 D. Ramón Álvarez de Miranda García 2012-2021 B.O.E. de 21.07.2012 CONGRESO
 D.ª Enriqueta Chicano Jávega 2012-2021 B.O.E. de 21.07.2012 CONGRESO
 D.ª Mª. José de la Fuente y de la Calle 2012-2021 B.O.E. de 21.07.2012 CONGRESO
 D.ª Mª. Antonia Lozano Álvarez 2012-2021 B.O.E. de 21.07.2012 CONGRESO
 D. José Manuel Suárez Robledano 2012-2021 B.O.E. de 21.07.2012 CONGRESO
 D. Manuel Aznar López 2012-2021 B.O.E. de 21.07.2012 SENADO
 D. Felipe García Ortíz 2012-2021 B.O.E. de 21.07.2012 SENADO
 D. Javier Medina Guijarro 2012-2021 B.O.E. de 21.07.2012 SENADO
 D.ª Margarita Mariscal de Gante y Mirón 2012-2021 B.O.E. de 21.07.2012 SENADO
 D.ª Mª. Dolores Genaro Moya 2012-2021 B.O.E. de 21.07.2012 SENADO
 D. Lluís Armet i Coma 2012-2018 B.O.E. de 21.07.2012 SENADO
 D. Ramón Álvarez de Miranda García 2001-2012 B.O.E. de 7.11.2001 CONGRESO
 D. Luis Martínez Noval 2001-2012 B.O.E. de 7.11.2001 CONGRESO
 D. Manuel Núñez Pérez 2001-2012 B.O.E. de 7.11.2001 CONGRESO
 D.ª Ana Mª. Pérez Tórtola 2001-2012 B.O.E. de 7.11.2001 CONGRESO
 D. Juan Velarde Fuertes 2001-2012 B.O.E. de 7.11.2001 CONGRESO
 D. Ciriaco de Vicente Martín 2001-2012 B.O.E. de 7.11.2001 CONGRESO
 D. Lluís Armet i Coma 2001-2012 B.O.E. de 7.11.2001 SENADO
 D. Rafael María Corona Martín 2001-2012 B.O.E. de 7.11.2001 SENADO
 D. Felipe García Ortiz 2001-2012 B.O.E. de 7.11.2001 SENADO
 D. Javier Medina Guijarro 2001-2012 B.O.E. de 7.11.2001 SENADO
 D. Ubaldo Nieto de Alba 2001-2012 B.O.E. de 7.11.2001 SENADO
 D. Antonio de la Rosa Alemany 2001-2012 B.O.E. de 7.11.2001 SENADO
 D. Antonio del Cacho Frago 1991-2001 B.O.E. de 20.12.1991 CONGRESO
 D. Adolfo Carretero Pérez 1991-1994 B.O.E. de 20.12.1991 CONGRESO
 D. Andrés Fernández Díaz 1994-2001 B.O.E. de 21.12.1994 CONGRESO
 D.ª Milagros García Crespo 1991-2001 B.O.E. de 20.12.1991 CONGRESO
 D. Paulino Martín Martín 1991-2001 B.O.E. de 20.12.1991 CONGRESO
 D. Ubaldo Nieto de Alba 1991-2001 B.O.E. de 20.12.1991 CONGRESO
 D. Ciriaco de Vicente Martín 1991-2001 B.O.E. de 20.12.1991 CONGRESO
 D. Miguel C. Alvarez Bonald 1991-2001 B.O.E. de 20.12.1991 SENADO
 D. Miguel Ángel Arnedo Orbañanos 1991-2001 B.O.E. de 20.12.1991 SENADO
 D. Eliseo Fernández Centeno 1991-2001 B.O.E. de 20.12.1991 SENADO
 D. Ramón Muñoz Álvarez 1991-2001 B.O.E. de 20.12.1991 SENADO
 D. Antonio de La Rosa Alemany 1991-2001 B.O.E. de 20.12.1991 SENADO
 D. Juan Velarde Fuertes 1991-2001 B.O.E. de 20.12.1991 SENADO
 D. Pedro Bujidos Garay 1982-1991 B.O.E. de 21.07.1982 CONGRESO
 D. José María Fernández Pirla 1982-1991 B.O.E. de 21.07.1982 CONGRESO
 D. Esteban Granado Bombín 1982-1991 B.O.E. de 21.07.1982 CONGRESO
 D. Eliseo Fernández Centeno 1982-1991 B.O.E. de 21.07.1982 CONGRESO
 D. Juan Mancebo Coloma 1982-1991 B.O.E. de 21.07.1982 CONGRESO
 D. José Fernando Murillo Bernáldez 1982-1991 B.O.E. de 21.07.1982 CONGRESO
 D. Pascual Sala Sánchez 1982-1990 B.O.E. de 21.07.1982 CONGRESO
 D. Ciriaco de Vicente Martín 1990-1991 B.O.E. de 24.11.1990 CONGRESO
 D. Rafael de Mendizábal Allende  1982 B.O.E. de 21.07.1982 SENADO
 D. Marcial Moreno Pérez 1982-1991 B.O.E. de 30.07.1982 SENADO
 D. Ubaldo Nieto de Alba  1982-1991 B.O.E. de 21.07.1982 SENADO
 D. Carlos Ollero Gómez 1982-1991 B.O.E. de 21.07.1982 SENADO
D. Andrés Santiago Suárez Suárez 1982-1991 B.O.E. de 21.07.1982 SENADO
D. Andrés Sanz Ramírez 1982-1991 B.O.E. de 21.07.1982 SENADO
D. Josep Subirats Piñana 1982-1986   B.O.E. de 21.07.1982   SENADO
D. Álvaro Rodríguez Bereijo 1986-1989 B.O.E. de 17.04.1986 SENADO
D. Adolfo Carretero Pérez 1989-1991 B.O.E. de 15.03.1989 SENADO