Atribuciones
Corresponde a la Comisión de Gobierno, con carácter general, establecer el régimen de trabajo del Tribunal, ejercer la potestad disciplinaria en casos de faltas muy graves, distribuir los asuntos entre las Secciones, nombrar los delegados instructores y todas las demás funciones que le atribuye la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
En concreto, la Comisión de Gobierno también ejerce las siguientes competencias:
Composición y funcionamiento
La Comisión de Gobierno está constituida por el Presidente del Tribunal de Cuentas y los Presidentes de las Secciones de Fiscalización y de Enjuiciamiento. El Secretario General ejerce las funciones de secretario de la Comisión de Gobierno, con voz pero sin voto.
Son aplicables al funcionamiento de la Comisión de Gobierno las mismas reglas previstas para el Pleno relativas a su convocatoria, constitución, deliberaciones y levantamiento de actas.
Miembros actuales