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El Presupuesto

El Presupuesto

1.- AUTONOMIA PRESUPUESTARIA DEL TRIBUNAL

La autonomía presupuestaria del Tribunal de Cuentas ésta legalmente reconocida en su Ley Orgánica y en la de Funcionamiento.

El artículo 6 de la Ley 2/1982 determina que elaborará su propio presupuesto, que se integrarán en los Generales del Estado, en una Sección independiente y será aprobado por las Cortes Generales.

En desarrollo de la función anterior del art. 3 h) de la Ley 7/1988, de 5 de abril – la de Funcionamiento del Tribunal – encomienda al Pleno la competencia de aprobar el anteproyecto de Presupuesto para su integración – agrega – en los Presupuestos Generales del Estado.

2.- DATOS SOBRE EL PRESUPUESTO CORRIENTE

El montante total del Presupuesto del Tribunal de Cuentas para el ejercicio económico 2013, asciende a 61.334,93 miles de euros, cuyo desglose por Capítulos es el siguiente: (en miles de euros).

Capítulo I.- Gastos de Personal 53.115,01
Capítulo II.- Gastos Corrientes en Bienes y Servicios 7.175,80
Capítulo IV.- Transferencias Corrientes 308,92
Capítulo VI.- Inversiones Reales 600,00
Capítulo VIII.- Activos Financieros 135,20