El
artículo 12.1 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas establece
que el resultado de la fiscalización se expondrá por medio de
informes, memorias, mociones o notas que se elevarán a las Cortes
Generales y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.
A
estos efectos, cabe definir el Informe
como el documento aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas que
recoge los resultados y conclusiones de una fiscalización; la Memoria como el resumen de las actuaciones
fiscalizadores o jurisdiccionales desarrolladas en un determinado
ejercicio; la Moción como el
documento elevado por el Tribunal de Cuentas a las Cortes Generales
proponiendo modificaciones de la normativa aplicable u otras medidas
para la mejora de la gestión analizada a la vista de los resultados
recogidos en anteriores Informes de fiscalización; y la Nota como la
comunicación del Tribunal a las Cortes Generales acerca de
determinadas irregularidades puestas de manifiesto en el transcurso
del correspondiente procedimiento fiscalizador. En esta
clasificación de los tipos de documentos cabe diferenciar, por su
relevancia, la Declaración sobre la
Cuenta General del Estado que, en virtud de lo previsto en el
artículo 10 de su Ley Orgánica, el Tribunal de Cuentas examina por
delegación de las Cortes Generales.
De cada uno de los documentos aprobados se
ofrece en una primera visión la siguiente información: número,
título y fecha de aprobación por el Pleno del Tribunal.
Si se desea, también se podrá obtener la
siguiente: fecha en que ha sido analizado por la Comisión Mixta
Congreso-Senado para las relaciones con el Tribunal de Cuentas,
fecha en que se adoptaron, en su caso, las correspondientes
resoluciones por la citada Comisión Mixta y fecha y número de su
publicación en el Boletín Oficial del Estado. Por lo que se refiere
al texto de los diferentes Informes, Memorias, Mociones o Notas
aprobados por el Pleno del Tribunal, se encuentra depositado en esta
página web el de los aprobados a partir del ejercicio 2002, pudiendo
accederse a los anteriores a través de su publicación en el Boletín
Oficial del Estado o mediante solicitud expresa al Tribunal de
Cuentas. Asimismo, únicamente se han incorporado las resoluciones,
en su caso, adoptadas por la Comisión Mixta en relación con los
Informes, Memorias, Mociones o Notas, cuyo texto se encuentra
incorporado a la página web. Cuando se puede acceder al texto del
documento y al de las resoluciones parlamentarias, se indica
expresamente esta circunstancia.
A fin de facilitar el acceso a cualquiera de
los anteriores documentos aprobados por el Pleno del Tribunal desde
la promulgación de su Ley Orgánica, se ha estimado oportuno
diferenciarles según el tipo de documento y el área del Sector
público a las que se refieren.